Se prohíbe la práctica de la pesca en las áreas naturales protegidas y reservas de la provincia, así como en la necesidad de tramitar las licencias y permisos diarios, cuya gestión se debe realizar de manera personal y tiene el carácter de intransferible.
Habilitaron la temporada de pesca en ríos y diques de toda la provincia
Esta habilitación es para pesca deportiva o recreativa, por lo cual se prohíbe el uso de redes de arrastre, pollera, arpones, espineles, robadores (salvo los permitidos para los señuelos), lates o boyas con anzuelos encarnados y a la deriva. También se prohíbe el uso de sustancias tóxicas o venenosas, explosivos, disparar armas de fuego o dispositivos de aire comprimido sobre los peces o cualquier otro elemento o método que pueda considerarse nocivo para la conservación de la fauna.
En toda la provincia están vedadas la captura de especies tales como el Dorado, Surubí, Sábalo y el bagre cuchara por ser especies de distribución marginal y en franco retroceso numérico en Jujuy.
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Se estableció también que para la pesca de las demás especies la cantidad máxima de veinticinco (25) piezas permitidas en total por día y por pescador, salvo en el caso de la trucha y la carpa que no tendrá límites por tratarse de especies exóticas y sembradas con ese fin.
Para el Pejerrey, en los espejos de agua de la provincia, se determinó un máximo de 30 ejemplares por día y por pescador.
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