El Superior Tribunal de Justicia dispuso que a partir de mañana, 2 de septiembre de 2020, se empezará a restablecer progresivamente la actividad en todo el Poder Judicial como función esencial del Estado de derecho en el marco de la emergencia sanitaria por la pandemia de coronavirus.
La acordada fue firmada esta mañana considerando la necesidad de normalizar la actividad judicial teniendo en cuenta la habilitación de actividades institucionales y comerciales bajo estrictos protocolos que rige en la provincia.
Además, se establecen medidas sanitarias y de protección del personal y usuarios del Poder Judicial para el desarrollo de la actividad, como así también modalidades en que el personal prestará servicios con concurrencia al trabajo y a distancia.
El horario de atención a profesionales y público en general, transitoriamente, será 8.30 a 12.30; en tanto los jueces del Fuero Penal, de Violencia de Género y de Menores en turno, podrán extender los horarios de funcionamiento de acuerdo con los requerimientos del servicio y situación de las personas involucradas.
Plazos procesales y audiencias
Con respecto a los plazos procesales, que se encontraban suspendidos, se reanudarán desde el día 14 de septiembre de 2020.
Las audiencias ya fijadas, y a fijarse en adelante, se reprogramarán para ser cumplidas en horario vespertino. Con excepción de las declaraciones testimoniales, los jueces podrán llevar adelante audiencias de conciliación y reuniones de trabajo a través de sistemas de video conferencias.
Los jueces del fuero penal reducirán al mínimo posible los traslados de personas privadas de la libertad a los estrados judiciales, debiendo el personal policial y del servicio penitenciario dar estricto cumplimiento a las condiciones impuestas por la autoridad sanitaria a fin de evitar riesgos para aquellas y éstos.
Prioridad de trámite
Las partes podrán, de común acuerdo y con aprobación del juez, realizar actos que tengan por finalidad la prosecución del proceso.
Tendrán prioridad los actos procesales que permitan el avance de procesos de alimentos; habeas corpus, amparo por derechos fundamentales de las personas, y pedidos relativos a la libertad de procesados y condenados, como así también el libramiento de órdenes de pago de cualesquiera naturalezas.
Medidas sanitarias y uso de herramientas informáticas
Se entiende comprendida en las medidas sanitarias todas aquellas que tiendan a disminuir la afluencia de público a las oficinas judiciales, como así evitar reuniones o condiciones de trabajo en los que no se guarde la distancia social y física convenientes.
El STJ solicitó a los abogados, procuradores y demás auxiliares de justicia; como así al público en general a concurrir a las oficinas del Poder Judicial solo para realizar actos urgentes e indispensables haciendo uso de las herramientas informáticas puestas a disposición por el Poder Judicial.
En todos los edificios se habilitará solamente una puerta para el ingreso en la que permanecerá personal de seguridad encargado del cumplimiento de las disposiciones establecidas. El acceso a los mismos será sin acompañantes.
En todos los casos, se procurará mantener el distanciamiento social aconsejado por las normas de higiene y salubridad; el uso de máscaras protectoras, y el aseo permanente de manos, y lugares y elementos de trabajo.
Del mismo modo se recuerda la obligatoriedad del uso de barbijos, advirtiendo que dicho requisito será indispensable para el acceso a cualquiera de los edificios del Poder Judicial.
Personal con síntomas compatibles con Covid-19
El Superior Tribunal de Justicia ratificó la obligación por parte de magistrados, funcionarios y empleados de comunicar inmediatamente al Departamento Médico del Poder Judicial todos aquellos casos de personas con síntomas compatibles con Covid-19, como así también aquellas personas que hubiesen tenido contacto estrecho con casos sospechosos o que se encuentren dentro de los grupos de mayor contagio.
Además, recordó la disposición que aquel personal cuyo domicilio se encuentre fuera del ejido de San Salvador de Jujuy o de San Pedro de Jujuy y necesite el transporte público para su traslado, debe informarlo para eximirlo a concurrir a prestar tareas de manera presencial.
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