La Cámara de Diputados debatirá este martes un proyecto del Gobierno para subir el mínimo no imponible del Impuesto sobre los Bienes Personales de $2 millones a $6 millones, un texto que ya cuenta con media sanción del Senado y que podría exonerar a casi 500 mil personas de pagar el tributo en caso de aprobarse.
El proyecto es del exsenador del Partido Justicialista Carlos Caserio y apunta a actualizar dicho monto por el efecto de la inflación y la suba del tipo de cambio. Sin embargo, se encontrará con un escenario curioso, donde el propio Frente de Todos busca no dar el quorum y presentar un proyecto nuevo, mientras que la oposición intentará habilitar el debate en el recinto, realizar las modificaciones que quiere y enviarlo nuevamente a la Cámara Alta.
Si bien si no hay modificaciones en el proyecto aprobado por el Senado, más personas quedarán alcanzadas por el impuesto, simplemente por la creciente inflación, aunque de acuerdo con los cálculos oficiales, la pérdida de recaudación en 2022 sería de uno $32.200 millones, un 8% de lo estimado por ese impuesto para ese año, y 517.000 contribuyentes se verían beneficiados.
Debido a que las valuaciones fiscales de los inmuebles, que es uno de los pilares del impuesto, no se actualizan por inflación si no que cada provincia las actualiza cada determinada cantidad de tiempo por ley, entonces será parte del debate determinar cómo se compatibiliza y si es posible la indexación del impuesto nacional.
Los bienes se valuan al 31 de diciembre de cada año y según datos oficiales, alrededor de 1 millón de argentinos pagan el impuesto. Pero sin suba del mínimo antes de fin de año crecería la base de contribuyentes alcanzados.
Qué establece el proyecto del oficialismo
Suba del mínimo no imponible de $2 millones a $6 millones.
Mantener en $18 millones el mínimo para inmuebles destinados a casa habitación.
No aplicar modificaciones en el mínimo para los bienes en el exterior.
Elevar la alícuota máxima del 1,25% actual que alcanza a los patrimonios que superan los $18 millones, a 1,50% a los que excedan los $100 millones.
Establecer que la actualización sea anual y automática mediante el Índice de Precios al Consumidor (IPC), que mide el Indec.
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