Este jueves se formalizó, a través del Decreto 524/2025, el mecanismo que deberán seguir los ciudadanos extranjeros que hayan realizado una inversión significativa en Argentina y deseen obtener la ciudadanía. La normativa fue firmada por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Guillermo Francos y el ministro de Economía Luis Caputo.
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El Gobierno permite acceder a la ciudadanía argentina a cambio de inversiones millonarias
Se oficializó un nuevo régimen que permite nacionalizar a extranjeros que realicen aportes económicos relevantes, sin importar su tiempo de residencia.
Se trata de una medida publicada en el Boletín Oficial que aplica a todos los extranjeros que busquen acceder a la nacionalidad mediante este nuevo esquema. La disposición actual modifica la histórica Ley de Ciudadanía N.º 346 y se enmarca dentro del proceso de reforma migratoria impulsado por Milei, que entró en vigencia a fines de mayo.
Esta transformación redefinió las condiciones para otorgar la ciudadanía y la residencia, además de establecer nuevas pautas para autorizar el ingreso, regular la estadía y determinar la expulsión de personas extranjeras.
Ciudadanía vinculada a inversiones extranjeras
Cuando el portavoz presidencial, Manuel Adorni, comunicó la medida, se insinuó la implementación de un sistema que permita acceder a una especie de “ciudadanía por grandes inversiones”. No obstante, ya entonces se sabía que ese aspecto requeriría una reglamentación específica posterior y que no formaría parte del decreto inicial junto con las demás disposiciones.
Con la publicación de esta nueva regulación, ese punto fue formalmente definido: los ciudadanos extranjeros que lleven a cabo una inversión sustancial —según los parámetros que establezca el Ministerio de Economía— podrán iniciar el trámite para obtener la ciudadanía argentina ante la Agencia de Programas de Ciudadanía por Inversión, un ente autónomo que funcionará bajo la órbita de ese ministerio.
Un nuevo ente para gestionar los pedidos de Ciudadanía
Será esta nueva entidad la responsable de recibir las postulaciones, verificar si las inversiones realizadas cumplen con los criterios exigidos y articular la participación de otras dependencias gubernamentales.
El trámite comienza con la entrega de la solicitud ante dicha Agencia, que deberá determinar si el monto invertido se considera significativo. En caso de obtener una respuesta favorable, se pedirá colaboración a distintas instituciones estatales, como el Ministerio de Seguridad Interior, la Unidad de Información Financiera (UIF), el Registro Nacional de Reincidencia, el RENAPER y la Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE), entre otras.
Cada uno de estos entes deberá pronunciarse respecto de si la concesión de la ciudadanía podría implicar alguna amenaza para la seguridad nacional o comprometer intereses estratégicos del país.
Una vez recopilada toda la información necesaria, la Agencia elaborará un informe detallado que será remitido a la Dirección Nacional de Migraciones, en el cual sugerirá aprobar o denegar la petición. En caso de que la inversión no sea considerada suficientemente relevante, o si alguno de los organismos consultados desaconseja su aprobación, la Agencia recomendará rechazar el pedido.
Requisitos y posibles motivos de rechazo
El decreto establece lo siguiente: “En todos los casos en los que la inversión no califique como relevante o las áreas a las cuales se les hubiere solicitado información recomienden no otorgar la ciudadanía, en el informe que se eleve a la Dirección Nacional de Migraciones se hará constar dicha circunstancia y se propondrá el rechazo de la solicitud”.
La Dirección Nacional de Migraciones dispondrá de un plazo máximo de 30 días hábiles para evaluar el informe recibido y emitir una resolución debidamente fundamentada, en la que se determine si se aprueba o se deniega la nacionalidad. Por otra parte, el decreto asigna a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) la tarea de adaptar sus sistemas con el fin de posibilitar la gestión de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) para aquellos extranjeros que accedan a la ciudadanía a través de este nuevo mecanismo.
Objetivos generales del decreto
La Agencia de Programas de Ciudadanía por Inversión estará habilitada para emitir disposiciones adicionales y precisiones que regulen tanto el trámite como los criterios de evaluación de las solicitudes presentadas. El decreto comenzó a regir en la misma fecha en que fue difundido a través del Boletín Oficial.
La disposición se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 99, incisos 1 y 2 de la Constitución Nacional, y tiene como finalidad —según lo expresado en el documento— optimizar el proceso administrativo, al mismo tiempo que se incentivan las inversiones y la generación de empleo.