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5 de mayo de 2023 - 15:56 Veda.

Elecciones 2023 en Jujuy: ¿A partir de qué hora no se podrá comprar alcohol?

Si bien hoy empezó la veda partidaria por las Elecciones 2023 y mañana regirá en otros aspectos, la venta de alcohol tiene un punto en particular.

Este domingo Jujuy vuelve a las urnas en el marco de las Elecciones 2023, donde se definirá quién será el nuevo gobernador y vicegobernador, además de diputados provinciales, intendentes, concejales y comisionados municipales.

Esta mañana a las 8 comenzó la veda partidaria, por lo que está prohibida la realización de eventos políticos de todo tipo y cualquier tipo de proselitismo (tratar de convencer a alguien para votar a una persona). Además, no se pueden publicar encuestas ni difundir publicidad en los medios de comunicación.

Desde cuándo no se puede vender alcohol

La Ley Electoral de la Provincia de Jujuy prohíbe tener abiertas casas destinadas al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas desde doce horas antes y hasta tres horas después de finalizado el acto eleccionario. Esto quiere decir que desde las 20 del sábado hasta las 21 del domingo estará prohibida su venta.

Los responsables de los locales que incumplan esta medida tendrán como sanción 15 días a 6 meses de arresto.

Además, es importante destacar que está prohibido concurrir a votar alcoholizado, teniendo en cuenta que esto reduce los sentidos de las personas y le hace perder lucidez.

Qué se puede hacer y qué no en veda

- Está prohibido cualquier tipo de acto político de campaña, así como la difusión de encuestas.

- Durante el día de la votación no podrá haber espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, ya sean fiestas teatrales, deportivas y de toda clase de reuniones públicas que no refieran al acto electoral. Esto será hasta tres horas de finalizados los comicios (21 horas del domingo).

- No se puede vender bebidas alcohólicas.

- Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptores de votos, contados sobre la calzada, calle o camino

- A los electores, la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección, 12 horas antes y tres horas después de finalizada

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