Ficha limpia forma parte de la reforma electoral que el presidente Javier Milei anunció este martes 21 de abril de 2026 para enviar al Congreso y debatir durante este año. Según informó a través de sus redes sociales, la propuesta incluirá la eliminación de las PASO, modificaciones en el financiamiento político y la aplicación de este nuevo criterio para las candidaturas y otros cargos públicos.
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Ficha limpia: en qué consiste el proyecto de ley que vuelve a impulsar Javier Milei
Javier Milei anunció una reforma electoral que incluirá ficha limpia, eliminación de las PASO y cambios en el financiamiento político.
El proyecto de ley ficha limpia había obtenido media sanción en Diputados, pero en mayo del año pasado, fue rechazado en el Senado.
Propone incorporar un inciso en un artículo de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos. En la versión actual de esa norma ya se enumeran distintas condiciones que impiden ser candidato en elecciones primarias o generales y también ejercer cargos partidarios.
Entre esas restricciones figuran los excluidos del padrón, el personal superior y subalterno de las fuerzas armadas y de seguridad, los magistrados, los directivos de compañías concesionarias de servicios públicos y las personas con procesamiento o condena por crímenes de lesa humanidad.
Qué cambiaría con el proyecto de ficha limpia
La iniciativa de La Libertad Avanza agrega que tampoco podrán ser candidatos quienes hayan sido condenados por delitos contra la administración pública. Para aplicar esa prohibición no será necesaria una condena firme, sino que alcanzará con una condena confirmada en segunda instancia.
En el caso de la Justicia federal, esa instancia corresponde a la Cámara Federal de Casación Penal. Ese es uno de los puntos centrales del proyecto, porque amplía los impedimentos para competir en elecciones.
A partir de un acuerdo, además, se modificó el dictamen en su artículo 1 para establecer que la prohibición de candidatura se aplicará “únicamente en aquellos casos en que la sentencia condenatoria resulte confirmada por un órgano judicial de instancia superior, hasta su eventual revocación o cumplimiento de la pena correspondiente, y siempre y cuando la confirmación de la condena se produzca con anterioridad al comienzo del plazo establecido en el artículo 25 del Código Electoral Nacional”.
El texto aclara que ese plazo hace referencia a la fecha del cierre de los padrones electorales, que se produce seis meses antes de los comicios generales. Además, agrega que “si la confirmación de la condena en la instancia superior se produjera con posterioridad a dicho plazo, la prohibición tendrá efecto a partir de la finalización del proceso electoral”.
Otro de los puntos del proyecto establece que la Cámara Nacional Electoral llevará un Registro Público de Ficha Limpia. En ese listado constarán las sentencias que sean confirmatorias de condenas por los delitos contemplados en esta norma.
Qué otros cargos quedarían alcanzados
La propuesta también extiende la misma prohibición para el nombramiento del jefe de Gabinete, ministros, secretarios, subsecretarios, autoridades de entes y organismos descentralizados, integrantes de cuerpos colegiados, personal diplomático y directores de empresas o entes con participación estatal, entre otros.
De esta manera, ficha limpia no solo impactaría en las candidaturas electorales, sino también en distintos nombramientos dentro de la estructura del Estado.