El diputado Alberto Bernis en nombre del bloque de diputados del Frente Cambia Jujuy sostuvo con la autorización de la Legislatura, la provincia ya puede gestionar el crédito para la reactivación del tren. Comentó el legislador que recientemente el Banco de Desarrollo de América Latina aprobó un financiamiento por 400 millones de dólares para la República Argentina para financiar obras de infraestructura y que de ese monto, 75 millones serán destinados a la rehabilitación del tren de la quebrada de Humahuaca.
“Es importante que el jujeño sepa que por decisión del gobernador Gerardo Morales estamos recuperando el tren Jujuy-La Quiaca, ese tren que cerró en la década del 90” afirmó Bernis, al tiempo que aclaro que reactivar el tren significará “afianzar las comunicaciones, fortalecer el turismo, generación de fuentes de trabajo, tener un vía para poder transportar la producción de la quebrada hacia el mercado nacional e internacional”, entre otros beneficios dijo.
“Ningún jujeño puede oponerse a que el tren vuelva a recorrer el territorio jujeño, porque tiene que ver con el progreso” reflexionó el diputado en respuesta a algunos sectores de la oposición que se negaron a la aprobación del financiamiento, “para tener la recuperación definitiva del tren, es necesario tomar un crédito” aclaró.
El proyecto de recuperación del tren prevé 300 kilómetros de extensión, contara con ocho estaciones distribuidas en Volcán, Tumbaya, Purmamarca, Maimará, Tilcara, Huacalera, Uquía y Humahuaca.
El objetivo general del proyecto es promover el desarrollo socioeconómico y turístico de toda la quebrada de Humahuaca, generar un impacto positivo en la actividad económica de la zona de influencia, generando un crecimiento del empleo que provocara una mejora en la tasa de actividad, empleo y desocupación de las localidades que atraviesa el tren.
Más sobre la ley de Big Data
El objetivo general es promover, fomentar y beneficiar actividades referidas a Big Data, generando acciones de inserción internacional, capacitación en comercio exterior, fomento a la asociatividad exportadora, provisión de inteligencia competitiva, planes de primera exportación y otro emprendimiento que impulse el ingreso, relación, conexión, y desarrollos con mercados externos.
El artículo 3º dice que serán actividades particularmente beneficiarias del presente régimen:
1.- Desarrollo, mantenimiento y actualización de software para: Análisis, procesamiento, almacenamiento y visualización de datos; Minería de datos; Aprendizaje automático y aprendizaje profundo. Además de Inteligencia artificial; Software como servicio o software as a services e Internet de las cosas.
2.- Desarrollo, mantenimiento y actualización de software de seguridad para: Tecnologías en la nube, Soluciones y Dispositivos
3.- Provisión de servicios en nube (Cloud), con infraestructura instalada en la Provincia, como ser: Infraestructura como servicio, Plataforma como servicio y Comunicaciones unificadas como servicio
4.- Diseño y fabricación de tecnología de internet de las cosas, como ser: Soluciones, Sensores, Componentes, Aceleradoras, incubadoras y proveedoras de espacios colaborativos para empresas nacientes y emprendedores en el área tecnológica.
Mientras que en su artículo 4º, dice que serán beneficiarias del "Régimen Provincial de Promoción de Big Data", las personas humanas o jurídicas radicadas o que se radiquen en la Provincia de Jujuy, cuya actividad en la misma se refiera a Big Data, a través de la realización de alguna de las actividades mencionadas en el Artículo 3°.
La inscripción
Para la inscripción en el Registro de Empresas de Big Data, las personas humanas o jurídicas contempladas en el Artículo 4°, deberán acreditar: efectiva radicación en la Provincia de Jujuy, en la forma y condiciones que determine la reglamentación.
Las actividades promovidas deberán desarrollarse en la Provincia de Jujuy, con excepción de aquellas que por su propia índole deban ser preponderantemente ejecutadas en establecimientos de terceros.
Tener canceladas las obligaciones tributarias líquidas y exigibles cuya recaudación se encuentre a cargo de la Dirección Provincial de Rentas. En caso de verificar la existencia de deuda por algún concepto, se considera cumplido este requisito mediante el acogimiento válido a un plan de facilidades de pago vigente.
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