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4 de enero de 2024 - 12:38 Trabajo.

La Justicia dictó otro fallo contra las reformas laborales del DNU

La Cámara del Trabajo dictó una nueva medida cautelar, como había hecho ayer en la causa de la CGT, contras las modificaciones al régimen de trabajo.

En una nueva medida cautelar, la Cámara del Trabajo decidió suspender temporalmente las reformas laborales contenidas en el Título IV del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023, emitido por el gobierno de Javier Milei. Esta resolución se suma al fallo de la Confederación General del Trabajo (CGT) de ayer, reafirmando la oposición sindical a las modificaciones propuestas.

La medida fue aceptada tras el planteo presentado por la Central de Trabajadores y Trabajadoras de la Argentina (CTA). La resolución, firmada por los jueces Andrea García Vior y Alejandro Sudera, establece la suspensión cautelar de los efectos del DNU en lo referente a las disposiciones laborales hasta que se dicte una resolución definitiva sobre el fondo del caso.

Esta es la segunda vez que el capítulo de reformas laborales del DNU enfrenta un fallo en contra. Mientras tanto, el gobierno busca trasladar el expediente al fuero contencioso administrativo federal, donde se está llevando a cabo un amparo colectivo contra el decreto.

Los jueces argumentaron la necesidad de la medida cautelar debido a "los graves riesgos de que el conflicto social se acreciente y/o derive en hechos de violencia inusitada", un indicativo de la tensión generada por las reformas propuestas.

Amparos contra el DNU

Tanto la CTA como la CGT presentaron amparos contra el DNU, solicitando su declaración de inconstitucionalidad y la suspensión de sus efectos durante el proceso judicial. La CTA apeló tras el rechazo de la primera instancia y logró que la Cámara del Trabajo aceptara la competencia del caso, desestimando la propuesta de enviar la causa al amparo colectivo en el fuero contencioso.

La jueza García Vior afirmó que las circunstancias del caso justifican la intervención de la Justicia Nacional del Trabajo y destacó la importancia de proteger los derechos fundamentales de los trabajadores. Además, subrayó la diferencia entre el caso de la CTA y el amparo colectivo, argumentando que en el primero se ponen en juego derechos esenciales de las relaciones laborales.

La suspensión cautelar se mantendrá hasta que se dicte una resolución definitiva sobre la legalidad del DNU 70/2023 en lo que respecta a las reformas laborales.

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