Desde el 2 de junio, el trámite para autorizar la salida de menores al exterior se simplificó mediante la resolución 373/2025 del Registro Nacional de las Personas (Renaper), y publicada en el Boletín Oficial.
Embed - OCTAVIO RIVAS - Director de Registro Civil
Madres y padres pueden otorgar el permiso al gestionar el pasaporte en el Registro Nacional de las Personas (RENAPER), sin necesidad de acudir a un escribano. La autorización queda registrada digitalmente y se comparte en tiempo real con Migraciones, permitiendo que el menor viaje solo o acompañado, según lo autorizado, hasta que cumpla 18 años o venza su pasaporte.
Si tu hijo viaja con ambos padres, solo deben acreditar el vínculo con DNI y partida de nacimiento.
Si el niño/a viaja con solo uno de los padres o con un tercero, se requiere la autorización expresa del otro progenitor o de ambos, según el caso, y la documentación correspondiente.
El trámite es personal y presencial, y tiene un costo actualizado de $30.000 para la autorización de viaje al exterior con pasaporte argentino. Además, el permiso puede ser revocado fácilmente por cualquiera de los autorizantes.
En los Centros de Atención de Renaper, oficinas regionales y consulados, se implementará un trámite conjunto llamado: “Autorización de viaje al exterior para menores de dieciocho (18) años que egresen del país con Pasaporte Ordinario”. Esta iniciativa busca facilitar y agilizar los trámites para las familias que necesitan gestionar la autorización para que sus hijos menores puedan salir del país, junto con el documento oficial que les permite hacerlo.
A partir de junio se podrá gestionar en simultáneo el pasaporte y la autorización de viaje para menores.
¿Qué pasa si los padres viven en provincias diferentes?
Beneficios
Para aquellos progenitores que no comparten un mismo lugar de residencia, puedan hacer el permiso. “Puede ser que un progenitor esté acá en San Salvador de Jujuy y el otro en Córdoba. No obstante, uno da la primera autorización en Jujuy, luego el de Córdoba se acerca a otro centro de documentación de esa provincia y completa el trámite otorgando la autorización que le corresponde” explicaba el funcionario.
Costo
- $30.000 la autorización de viaje o permiso de viaje al exterior para los menores que se tramitan en el centro de documentación rápida.
Puntos a tener en cuenta
- Los padres del menor deben acercarse al Registro Civil o a los Centros de Documentación
- “Sí o sí tienen que ser los dos progenitores (…) El Código Civil y Comercial de la Nación es muy clarito que exige para que los menores viajen al exterior el consentimiento de ambos progenitores”, explicaba Rivas.
- Posibilita que ambos progenitores otorguen el permiso
- La autorización se genera de manera digital
- La autorización es remitida automáticamente a la Dirección Nacional de Migraciones
- facilita la trazabilidad y el control en los puntos de egreso del país
- Esta autorización tendrá vigencia hasta que el menor cumpla la mayoría de edad o hasta el vencimiento del pasaporte
- El trámite puede iniciarse en los centros de atención de Renaper, oficinas seccionales o consulados habilitados.
Registro Civil
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Quiénes pueden autorizar la salida del país de los menores de edad
Según lo establecido en la norma, los padres o tutores que otorguen la autorización deberán ser ciudadanos argentinos, ya sea por nacimiento o por opción, o bien extranjeros que posean residencia temporal o permanente en el país, además de contar con un DNI vigente. Esta información será comprobada de forma automática por el sistema del Renaper, organismo bajo la órbita de la Jefatura de Gabinete.
La autorización tendrá validez hasta que el menor alcance la mayoría de edad o hasta que expire el pasaporte, prevaleciendo la condición que suceda primero. Durante ese período, el menor estará facultado para viajar solo o acompañado a cualquier destino internacional.
La reglamentación también contempla circunstancias específicas. En situaciones donde uno de los padres haya fallecido o cuando el menor no haya sido reconocido por uno de ellos, bastará con contar con la autorización del progenitor que tenga la patria potestad, conforme lo estipulado en el artículo 645, apartado c) del Código Civil y Comercial de la Nación.
Por otra parte, si quien firma la autorización es un progenitor menor de edad, deberá presentarse al trámite acompañado por uno de sus propios padres, según lo dispuesto en la resolución N.º 2656/2011 de la Dirección Nacional de Migraciones y sus actualizaciones.
A partir del 2 de junio se podrá gestionar en simultáneo el pasaporte y la autorización de viaje para menores.
Cómo hacer la autorización para que un menor viaje al exterior
Para llevar a cabo el trámite, los padres tendrán que acudir personalmente a una oficina autorizada por el RENAPER, donde se les efectuará un control biométrico. La asistencia del menor no será obligatoria, excepto cuando se gestione simultáneamente su pasaporte.
Una vez completado el trámite:
- La autorización se registra de forma digital.
- Se transmite automáticamente a la Dirección Nacional de Migraciones, para que esté disponible en los controles fronterizos.
- Los progenitores recibirán una constancia digital con todos los detalles.
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