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22 de octubre de 2019 - 08:38
Boletín Oficial

La ANMAT prohibió la comercialización de una cerveza importada y otros tres productos

Según el Boletín Oficial, los productos no cumplían con la rotulación correcta para su venta en todo el país.

Por  Joaquín Marin

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica prohibió este martes la comercialización de una cerveza importada y advirtió sobre tres productores más: una marca de galletitas, un aceite de oliva y una de condimentos.

En el Boletín Oficial, a través de la Disposición 8556/2019, la ANMAT prohibió la comercialización en todo el territorio nacional del siguiente producto: Cerveza especial, Mahou Cinco Estrellas, elaborada por Mahou S.A, Madrid, España. El motivo es que la bebida circulaba incorrectamente con logo facultativo de alimento libre de gluten.

El error fue detectado gracias a la intervención del Departamento de Evaluación Técnica, que no tiene antecedente de registros del rótulo "libre de gluten" en dicha cerveza. Además, alertó sobre la ausencia de un "rótulo complementario adecuado". Por último, añadió que "dadas las definiciones de 'cerveza' y de 'alimento libre de gluten'" establecidas en el Código Alimentario Argentino, "no es posible autorizar una cerveza como 'libre de gluten' y cumplir con los requisitos exigidos por la normativa".

Además, la ANMAT prohibió la venta de los siguientes condimentos: “Provenzal, Perejil y Ajo, Peso Neto 25g, RNPA N° 02-598267, lote 190405, fecha de vencimiento: Abril 2021”, “Nuez moscada, Peso Neto 25g, RNPA N° 02-564410, lote 190401, fecha de vencimiento: Abril 2021”, “Pesto, Peso Neto 20g, RNPA Expte. N° 4075-219-10, lote 190327, fecha de vencimiento: Marzo 2021”, “Pimentón extra dulce, Peso Neto 50g, RNPA N° 02-598274, lote 190404, fecha de vencimiento: Abril 2021” y “Ají molido, Peso Neto 50g, RNPA N° 02-598292, lote 190405, fecha de vencimiento: Abril 2021”; todos de la firma Poo Alimentos.

Condimentos

Todos estos últimos alimentos fueron analizados en un laboratorio para detectar que estaban “adulterados”, ya que las muestras presentaron "elementos histológicos ajenos a los productos".

La Disposición 8512/2019 prohibió también la comercialización en toda la Argentina del producto: "Galletitas, Quesitos, Omega 9, 0% grasas trans., Peso aproximado: 140 grs". El motivo se explica en que "carece de identificación del origen, no figuran ni la identificación del lote ni el número de RNPA ni la denominación, no se declara el enriquecimiento del ingrediente harina de trigo, no consta la información nutricional, no se declara la marca y en el rótulo figuran leyendas que no cumplen con lo especificado por la normativa".

Por último, se prohibió la venta y circulación de todos los productos domisanitarios de la firma Fiorella Distribuidora; así como también el "aceite de oliva extra virgen, marca Finca Don Franceso", dado que ambos establecimientos de elaboración no se encuentran registrados en los organismos oficiales.

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