Este viernes, el juicio por el femicidio de Rosita Patagua llegó a su fin ya que el Tribunal en lo Criminal N°1 condenó a Juan Carlos Gutiérrez a cadena perpetua.
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SUSCRIBITEEste viernes, el juicio por el femicidio de Rosita Patagua llegó a su fin ya que el Tribunal en lo Criminal N°1 condenó a Juan Carlos Gutiérrez a cadena perpetua.
Los delitos por los que fue condenado fueron los siguientes: “Lesiones leves agravadas por mediar convivencia y violencia de género y Homicidio agravado por mediar relación de pareja y violencia de género en concurso real”.
El veredicto condenatorio fue dictado por las juezas María Alejandra Tolaba (presidenta de trámite), Felicia Barrios y el juez Luciano Yapura; y la secretaría a cargo de Carina Planckesteiner.
De acuerdo con la acusación del fiscal, el femicidio ocurrió el 12 de febrero de 2021 a horas 19 aproximadamente, cuando la víctima Rosita Marina Patagua se encontraba junto a Juan Carlos Gutiérrez que en ese momento era su pareja, en una casa ubicada en calle Prolongación Santibáñez del barrio Los Huaicos de San Salvador de Jujuy.
En el lugar, tras mantener una discusión, Gutiérrez agredió a Patagua con un cuchillo clavándole varias puñaladas en distintas partes del cuerpo, lo que produjo su muerte.
También, hay que destacar que antes del hecho, el lunes 30 de noviembre de 2020 el agresor ya hacía golpeado a la víctima y se había dado a la fuga.
El Fiscal ante el Tribunal fue el Marcelo Cuellar, quien en su alegato solicitó la pena de prisión perpetua para el acusado.
Los querellantes Mariana Vargas y Valeria Medina, Leonardo Fernández y Miriam Valdez (los dos últimos pertenecientes al Consejo Provincial de la Mujer e Igualdad de Género), adhirieron al pedido del fiscal.
Por su parte la Defensora Pública Penal, María Florencia Quintar, del Ministerio Público de la Defensa Penal, requirió la atenuación de la pena para el acusado Gutiérrez.
Los fundamentos de la sentencia serán dados a conocer dentro del plazo establecido por el Código Procesal Penal de la provincia, a partir de lo cual las partes podrán recurrir ante una instancia superior al Tribunal de juicio.
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