La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha prorrogado de manera excepcional los plazos de vencimiento para los anticipos del Impuesto a las Ganancias y a los Bienes Personales del ejercicio fiscal 2024 por dos meses, con el objetivo de facilitar el cumplimiento de esta obligación tributaria por parte de los contribuyentes.
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AFIP estiró el plazo para pagar los anticipos del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales
El organismo ha extendido hasta octubre y noviembre el plazo para el pago a cuenta de ambos tributos patrimoniales. Estas son las nuevas fechas clave.
De acuerdo con la resolución 5541, difundida este viernes en el Boletín Oficial, los plazos actualizados para el pago del primer anticipo de ambos tributos serán los días 14, 15 y 16 de octubre, mientras que el segundo anticipo tendrá fechas de vencimiento del 13 al 15 de noviembre, según la terminación del CUIT de cada contribuyente. Los vencimientos originales eran en agosto y octubre, respectivamente.
Los anticipos consisten en cinco pagos previos correspondientes a un impuesto específico, en este caso, Ganancias y Bienes Personales, que deben realizar los contribuyentes. La cantidad a pagar se determina en base al período fiscal anterior (en este caso 2023, cuya conclusión se ha prorrogado debido a los ajustes introducidos por la reforma fiscal) y lo abonado se deduce de la deuda total cuando se presenta la declaración jurada.
Cuándo vence el pago de anticipos del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales ante AFIP
El período para realizar el pago de los anticipos del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales correspondientes al ejercicio fiscal 2024, depende del último dígito del CUIT de cada contribuyente. Las fechas actualizadas para efectuar el primer y segundo anticipo son las siguientes:
Primer anticipo
- Terminación CUIT 0, 1, 2 y 3: lunes 14 de octubre.
- Terminación CUIT 4, 5 y 6: martes 15 de octubre.
- Terminación CUIT 7, 8 y 9: miércoles 16 de octubre.
Segundo anticipo
- Terminación CUIT 0, 1, 2 y 3: miércoles 13 de noviembre.
- Terminación CUIT 4, 5 y 6: jueves 14 de noviembre.
- Terminación CUIT 7, 8 y 9: viernes 15 de noviembre.
Cómo se pagan los anticipos de Ganancias y Bienes Personales
Para realizar el pago de los anticipos, se debe generar un Volante Electrónico de Pago (VEP), el cual se creará utilizando los códigos indicados a continuación.
Para el caso del Impuesto a las Ganancias:
- Impuesto: 011 - Ganancias Personas Físicas
- Concepto: 191 - Anticipos
- Subconcepto: 191 – Anticipos
Mientras, para el pago de anticipo de Bienes Personales, los códigos son:
- Impuesto: 180 - Impuesto sobre los Bienes Personales
- Concepto: 191 - Anticipos
- Subconcepto: 191 – Anticipos
Según la AFIP, los contribuyentes pueden solicitar una disminución a partir del tercer anticipo, si estiman que el monto a pagar excederá el importe final de la obligación correspondiente al período fiscal en cuestión.
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