Javier Milei firmó los decretos que nombran en comisión a los dos jueces que venía nombrando la prensa como magistrados de la Corte Suprema. “El Presidente ha tomado la determinación de designar en comisión a los doctores Manuel Garcia-Mansilla y Ariel Lijo como jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación", indicaron en el comunicado desde Nación.
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Corte Suprema: el Gobierno designó a Ariel Lijo y García Mansilla por decreto
El Presidente firmó las designaciones esta tarde, y los dos postulantes del Ejecutivo para la Corte Suprema fueron asignados en comisión al tribunal más alto.
Señalaron que tendrán vigencia "hasta la finalización del próximo periodo legislativo, con el objetivo de normalizar el funcionamiento del máximo tribunal judicial de nuestro país, el cual no puede llevar a cabo su rol con normalidad con tan solo tres ministros".
En esa línea, continuaron: "Durante el mencionado plazo, esta administración continuará con el trámite legislativo para que la Cámara Alta ejerza sus atribuciones y preste los correspondientes acuerdos a los pliegos. El Gobierno Nacional no tolera ni tolerará que los intereses de la política se impongan por sobre los del pueblo argentino, bajo ninguna circunstancia”, anunció en un comunicado Presidencia".
En ese sentido, el Gobierno destacó que “en ningún caso el Senado tiene la potestad para rechazar el acuerdo de los candidatos propuestos por el Presidente en base a preferencias personales o políticas de los senadores. De hecho, es la politización de la Justicia una de las principales causas de que los argentinos no tengan un servicio de Justicia que resuelva sus problemas. La Constitución claramente establece que es el Presidente, y nadie más, quien tiene la facultad de seleccionar los candidatos para cubrir las vacantes en el Máximo Tribunal, limitándose el Senado a prestar su conformidad o rechazarlos en función de un análisis objetivo de la idoneidad técnica de los candidatos".
La comparación con las designaciones de Macri y Néstor Kirchnner
En el comunicado se destacó que “cuando una notable mayoría del arco político respaldó tanto a Néstor Kirchner como a Mauricio Macri en la designación temprana de jueces para la Corte Suprema durante sus mandatos. Sin embargo, durante meses, han evadido respetar la decisión de este Gobierno, aun cuando la falta de pronunciamiento implica un grave daño al funcionamiento de uno de los tres poderes de la República”.
A tan solo cuatro días de asumir la Presidencia, el 14 de diciembre de 2015, Mauricio Macri nombró en comisión a Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti a través del decreto 83, 72 horas después de que se formalizara la renuncia de Carlos Fayt al tribunal supremo. Esta dimisión, junto a la de Raúl Zaffaroni del año anterior, había dejado a la Corte compuesta únicamente por Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Elena Highton de Nolasco.
Sin embargo, después de recibir críticas de la oposición, Rosenkrantz y Rosatti decidieron esperar a obtener la aprobación del Senado antes de prestar juramento en la Corte.
Así comenzó el proceso para nominar a Ariel Lijo y García Mansilla
En la situación actual, el procedimiento de nominación comenzó el 20 de marzo de 2024, cuando el Gobierno presentó al Senado los documentos de los postulantes para su debido acuerdo. Más tarde, el 15 de abril, se divulgaron en el Boletín Oficial los antecedentes de ambos abogados, y se pusieron en marcha los trámites de consulta y participación ciudadana. Tras completar todas las etapas necesarias, la administración envió los mensajes al Senado el 27 de mayo de 2024 para solicitar su aprobación.
Las audiencias de Lijo y García-Mansilla se realizaron el 21 y 28 de agosto, respectivamente. Después de estas etapas, ambos postulantes estaban listos para recibir un dictamen y ser presentados para votación en la Cámara Alta. No obstante, sus pliegos no fueron discutidos durante el período regular de sesiones. Ante esta circunstancia, el Presidente decidió agregar el asunto al orden del día de las sesiones extraordinarias del Congreso, pero el Senado tampoco avanzó con el proceso.
Ante “la inacción del Senado y al prolongado estancamiento del proceso”, el Ejecutivo optó por proceder con la designación temporal de los jueces, basándose en el artículo 99, inciso 4, de la Constitución Nacional, que autoriza al Presidente a efectuar nombramientos provisionales en caso de vacantes durante el receso legislativo. Esta disposición permanecerá en efecto hasta el cierre del próximo período legislativo.