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30 de diciembre de 2022 - 19:20 Prevención.

Covid-19: Jujuy continúa con la emergencia sanitaria

El Gobierno nacional prorrogó por un año más la emergencia sanitaria continuando con las medidas de prevención ante el Covid-19.

Jujuy continuará trabajando en el marco de la ampliación de la emergencia sanitaria por un año más, decreto presentado en el Boletín Oficial por el gobierno nacional, debido a las consecuencias de la pandemia por Covid-19.

Durante el último mes se registró un aumento considerable de casos de Covid-19 en la provincia por lo que algunas medidas se intensificaron en el marco de la ampliación de la emergencia sanitaria.

El ministro de salud de la provincia Antonio Buljubasich, se refirió al tema expresando que “más allá de muchos contagios que se están registrando la situación está controlada y va a continuar así”.

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En relación al contexto sostuvo que en la provincia de Buenos Aires empezó a mesetar y bajar la curva donde visiblemente los contagios comenzaron a disminuir.

Jujuy durante los dos últimos años en pandemia, viene trabajando en una especie de espejo con la capital del país con una serie de días de diferencia notándose que la situación está dominada y la vacunación sigue siendo un fuerte ante este virus.

No se aumentarán ni modificarán medidas

La ampliación de la emergencia sanitaria no incluye medidas drásticas ni diferentes a las que se venían tomando durante estos años, es decir que no se modificarán ni sumarán órdenes de parte del ministerio.

Si continúan las medidas de prevención en caso de ser positivo o tener síntomas, el aislamiento de 4 días, el uso de barbijo, distanciamiento social, higiene y alcohol en gel.

Qué dice el decreto

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.541 se declaró la emergencia pública en materia sanitaria, entre otras.

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- AMPLIACIÓN DE LA EMERGENCIA: Amplíase hasta el 31 de diciembre de 2023 la emergencia pública en materia sanitaria declarada mediante la Ley N° 27.541 y regulada en el Título X de la misma, extendida por el Decreto N° 260/20 y sus modificatorios.

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