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25 de octubre de 2013 - 08:07 elecciones

Desde las 8hs, rige la veda electoral

El Código Electoral Nacional establece cuáles son los actos que se consideran prohibidos a los fines de asegurar el normal desarrollo de los comicios.

Desde las 8 de hoy, rige la veda electoral y quedan prohibidos todos los actos políticos y partidarios, de cara a los comicios del domingo 27 de octubre. Como también es cierto de los ciudadanos debemos acatarnos en algunas restricciones. El Código Electoral Nacional establece cuáles son los actos que se consideran prohibidos a los fines de asegurar el normal desarrollo de los comicios.

Hasta el cierre del acto electoral se prohíbe:

-realizar actos públicos de proselitismo;

-la emisión y publicación de avisos publicitarios en medios televisivos, radiales y gráficos con el fin de promover la captación del voto del elector (no están incluidas las redes sociales ya que no existe organismo que las regule);

-la publicación en medios de comunicación de resultados de encuestas, sondeos de opinión, pronósticos electorales, así como la referencia a sus datos (sean estos audiovisuales, de radiodifusión, gráficos, internet u otros).

Claro está que la veda no solo involucra a los partidos políticos, sino también a todos los ciudadanos.  Doce horas antes y tres horas después de finalizado el acto electoral se prohíbe:

-la portación de armas,

-el uso de banderas, divisas u otros distintivos;

-tener abiertas las casas destinadas al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas, incluyendo bares, pubs, boliches.

En tanto, durante las elecciones del domingo y hasta tres horas después del cierre de los comicios están prohibidos los espectáculos populares al aire libre; los espectáculos populares en recintos cerrados; las fiestas teatrales y deportivas; toda clase de reunión pública que no se refiera al acto electoral; y publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección.

Asimismo, a 80 metros de la mesa receptora de votos está inhabilitado: la realización de reuniones de electores en los domicilios; la utilización de las viviendas como depósito de armas; la apertura de organismos partidarios y la distribución de boletas de sufragios a los electores.

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