La resolución 550/2025 de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), publicada en el Boletín Oficial, establece un nuevo marco regulatorio para el uso de Sistemas de Aeronaves Pilotadas a Distancia (RPAS), conocidas también como drones, reemplazando la normativa vigente desde 2019.
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El Gobierno Nacional desreguló el uso de drones eliminando restricciones
La medida suprime la obligación de licencias para drones y abre la formación a todos los centros e instructores del país de acuerdo a la resolución de la ANAC.
Esta medida elimina la obligación de licencias, cursos y habilitaciones para ciertos segmentos, y abre la formación a todos los centros e instructores del país. Según el texto oficial, la resolución se basa en los principios de libre mercado, competencia y lealtad comercial, buscando evitar prácticas monopólicas en fabricantes, operadores, mantenedores e institutos de capacitación.
Buscan mayor seguridad operativa
La flexibilización en el uso de drones sigue las recomendaciones de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI). La ANAC destacó que la seguridad operativa sigue siendo un objetivo fundamental en esta actividad, alineándose con los estándares internacionales.
El objetivo es fomentar una aviación no tripulada más abierta, eficiente y acorde a la desregulación y transparencia, sin descuidar la seguridad. Se prioriza simplificar el marco normativo, eliminando redundancias y ambigüedades, y manteniendo la coherencia con las normativas internacionales.
Una de las principales novedades es que queda libre la operación de drones que pesan menos de 250 gramos, tanto en zonas urbanas como rurales, permitiendo su uso recreativo y profesional sin intervención estatal. Además, para drones de hasta 25 kilos en áreas rurales, también se elimina la exigencia de licencia o capacitación obligatoria.
Libre mercado y libre competencia
La resolución también elimina el monopolio en la capacitación de pilotos de drones, autorizando a todos los centros e instructores del país a cursos ofrecer y certificaciones para todas las categorías, algo que anteriormente estaba limitado a una sola empresa.
Tal como señala el texto oficial, “la presente Resolución se dicta bajo los estrictos principios de libre mercado y libre competencia, y la sujeción a las reglas de lealtad comercial, generando las instancias necesarias para evitar cualquier conducta monopólica por parte de fabricantes, importadores, operadores, organizaciones de mantenimiento, o centros de instrucción de aviación civil”.
La desregulación también abarca la capacitación, eliminando el monopolio que existía en este ámbito y permitiendo que todos los centros e instructores puedan ofrecer cursos y certificaciones para cualquier categoría de drones. Hasta ahora, la instrucción estaba limitada a una sola empresa según la normativa de la ANAC.
Sobre este punto, el ministro de Desregulación Federico Sturzenegger escribió: "Dato de color. El kirchnerismo había generado un monopolio, por el que una sola empresa estaba habilitada para dar cursos en ciertas categorías. A partir de la resolución, todos los instructores y Centros de Instrucción quedan habilitados para dar cursos en todas las categorías".
El funcionario también agradeció el trabajo del director de la ANAC, Oscar Villabona; Hernán Gómez, subsecretario de Transporte Aéreo; así como al personal de la Secretaría de Transporte, el Ministerio de Economía y el Ministerio de Desregulación que participan en la elaboración de la norma.
Libertad en el uso de la tecnología
“El crecimiento diario de las aplicaciones de drones en el campo, el comercio, para la entrega de medicamentos, la industria, etc., hace que sea clave contar con un marco abierto y de libertad absoluta para el uso de la tecnología”, sostuvo el ministro.
La actualización incorpora tres nuevas secciones en las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil (RAAC): la Parte 100 con exigencias generales nacionales; la Parte 101, que regula la “Categoría Abierta”, para operaciones de bajo riesgo sin necesidad de autorización previa; y la Parte 102, que establece la “Categoría Específica”, para actividades de riesgo moderado a alto que requieren autorización basada en un análisis de riesgos.
Con este nuevo enfoque, se abandona el sistema único anterior para dar paso a una regulación más flexible, ampliando las posibilidades para usos comerciales, científicos y recreativos con bajo impacto.