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30 de junio de 2025 - 07:09 Trámite.

Monotributo ARCA: ya hay fecha para la próxima recategorización

ARCA podría aplicar multas y cargos adicionales para quienes no hacen la recategorización. ¿Cuándo empiezan los plazos para el trámite?

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) anunció la apertura del segundo período de recategorización del año para monotributistas, un trámite clave para quienes deben actualizar su categoría según sus ingresos.

Cabe recordar que este procedimiento se realiza dos veces al año. La primera instancia ya se llevó a cabo a comienzos de 2025, y próximamente se habilitará la segunda etapa, según confirmó el organismo

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Requisitos para la recategorización ARCA

Todos los contribuyentes que hayan superado sus ingresos anuales y ya no se encuentren en la categoría correspondiente deberán realizar la recategorización para ajustarse a una nueva categoría acorde a los montos facturados.

Se trata de un trámite obligatorio y exigente, por lo que es fundamental que quienes deban actualizar su situación lo hagan en tiempo y forma. En caso de no cumplir, ARCA podrá aplicar multas y cargos adicionales.

Para facilitar el proceso y evitar inconvenientes, ARCA implementó el Monitor de Facturación, una herramienta que actúa como un “medidor” y envía alertas cuando los ingresos del contribuyente se acercan al límite de su categoría actual.

Quiénes no hacen la recategorización del monotributo

No deben hacer trámites quienes se mantengan dentro de su categoría actual y no superen los parámetros definidos por ARCA.

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Fecha de la próxima recategorización ARCA

Después de la primera instancia de recategorización que fue en enero y febrero, y se registraron más de 1.844.000 contribuyentes, la segunda etapa se gestará en julio de este año.

Aunque todavía no hay una fecha confirmada para hacer el trámite, ARCA sí confirmó que iniciará en julio y se hará exclusivamente a través de su página web monotributo.afip.gob.ar

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Cuáles son las escalas del monotributo en julio de 2025

ARCA actualizó los topes de facturación por categoría. Estos son los límites anuales vigentes:

Categoría A: $7.813.063,45

Categoría B: $11.447.046,44

Categoría C: $16.050.091,57

Categoría D: $19.926.340,10

Categoría E: $23.439.190,34

Categoría F: $29.374.695,90

Categoría G: $35.128.502,31

Categoría H: $53.298.417,30

Categoría I: $59.657.887,55

Categoría J: $68.318.880,36

Categoría K: $82.370.281,28

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