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19 de junio de 2024 - 10:32
Justicia.

Causa AMIA: descartan un informe de inteligencia que culpa a Irán

El documento se llama "informe Toma", es de la SIDE, y constituye una investigación crucial que influyó en el proceso judicial de la causa AMIA.

Redacción de TodoJujuy
Por  Redacción de TodoJujuy

Días antes de que la Argentina fuera condenada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso AMIA, el juez federal Ariel Lijo ordenó que se hiciera público el informe elaborado por la ex Secretaría de Inteligencia de la Presidencia de la Nación (SIDE).

Este informe es titulado “Temática: A.M.I.A. la conexión internacional. El esclarecimiento del atentado terrorista y la individualización de sus autores”.

La voladura de la AMIA.

Es un documento elaborado con información de la CIA que internamente fue titulado como "informe Toma", debido a que fue creado por el antiguo director de la SIDE durante la presidencia de Eduardo Duhalde, Miguel Ángel Toma. Este documento ratifica que Irán fue responsable de organizar el atentado.

También proporciona información acerca de las funciones de los individuos que llevaron a cabo el ataque y sus conexiones en Paraguay, Chile y Brasil. Además, menciona la presencia en Argentina de Samuel El Reda, quien fue uno de los principales líderes de la célula de Hezbollah acusada de perpetrar el atentado contra la AMIA.

Toma aclaró que la Justicia hizo accesible el "nodo" principal, un resumen de unas 200 páginas que recoge los datos más cruciales de un archivo más amplio de aproximadamente 10,000 folios. Estas investigaciones también recopilaron evidencia útil para tomar decisiones judiciales.

Miguel Ángel Toma.

En ese trabajo se detalló y ofreció a la Justicia una visión completa de las empresas de cobertura que tenía Irán, la metodología de accionar de las mezquitas y toda la red de inteligencia iraní que resolvió cómo y cuándo ejecutar el atentado”, detalló el ex funcionario.

El informe desclasificado “fue la base sobre la cual Alberto Nisman, cuando es nombrado al frente de la UFI AMIA, inició su trabajo”, al tiempo que parte de lo descubierto “fue central para que 20 años después, la Cámara de Casación declare a Irán Estado terrorista”, detalló.

El informe pudo exponer la matriz que actuó y que fue responsable de matar a 85 argentinos, más los de la Embajada, porque fue la misma estructura la que actuó”, agregó.

Toma, en su rol de secretario de Inteligencia, presentó ese informe ante la justicia en 2003, entregándolo al juez del caso en ese entonces, Juan José Galeano. En el documento se señalaba la implicación de los iraníes Moshen Rabbani y Moshen Rezai, este último recibido con distinciones en Nicaragua dos años atrás durante la toma de posesión de Daniel Ortega, evento al que asistió el embajador argentino en ese país.

El juez Ariel Lijo.

Además, el juez requirió a la Jefatura de Gabinete del Poder Ejecutivo Nacional que cumpla con lo establecido en el artículo 5 del Decreto PEN n° 213/20, que busca garantizar el acceso de los familiares a todo el material clasificado por los servicios de inteligencia. También ordenó una inspección judicial en las instalaciones del edificio Barolo, con el objetivo de evaluar la conservación de la documentación en relación con los riesgos estructurales del edificio y la idoneidad del lugar para este propósito. Para llevar a cabo esta tarea, se convocó al personal del Archivo Nacional de la Memoria.

Las acciones están enmarcadas dentro del proceso judicial promovido por los familiares y los acusadores de las víctimas del atentado contra la AMIA, ocurrido hace casi tres décadas y que resultó en la muerte de 85 personas.

Durante mucho tiempo, los familiares han estado solicitando el acceso a los documentos confidenciales manejados por los servicios de inteligencia en este caso. La judicatura encargada del atentado quedó vacante tras la jubilación de Rodolfo Canicoba Corral.

Mohsen Rabbani, acusado de ser el "cerebro" del ataque a la AMIA.

En julio de 2022, como resultado de un análisis iniciado por la jueza María Eugenia Capuchetti, el juez Daniel Rafecas dictaminó que se proporcionara acceso a la documentación de inteligencia. A pesar de ciertos progresos, los familiares de las víctimas afirman que todavía no han podido revisar toda la documentación completa.

Las querellas argumentaron en ese momento que debido a la cantidad de pruebas, "es impracticable" conocerlas completamente, y que el sistema informático es tan complicado que “entorpece aún más el acceso efectivo a la información reclamada”. Y que lo exhibido por los fiscales “sólo refleja una realidad sesgada de la información” porque alude únicamente a la línea de investigación que el Ministerio Público sigue, pero deja afuera gran parte de material que podría ser de interés para las otras partes.

Después de una audiencia llevada a cabo en mayo con las partes involucradas y el juez, Lijo redactó: “Se requirió que me expida respecto de la publicidad del informe elaborado por la entonces Secretaria de Inteligencia de la Presidencia de la Nación titulado ¡Temática: A.M.I.A. la conexión internacional. El esclarecimiento del atentado terrorista y la individualización de sus autores’, comúnmente conocido como “Informe Toma”.

Se pidió igualmente que se examine el informe generado en abril de este año por el Área de Análisis de la Unidad Fiscal de Investigación del atentado a la AMIA, denominado “Informe sobre el accionar de la Secretaria de Inteligencia de Estado en la etapa previa al atentado a la sede de la A.M.I.A./D.A.I.A.”

Las conclusiones del informe Toma coinciden con las de una investigación realizada por la Mossad -agencia de inteligencia de Israel-.

“Al respecto, debo distinguir que el llamado ‘Informe Toma’ fue elaborado por áreas del Poder Ejecutivo y se encuentra alcanzado por los decretos y resoluciones de desclasificación dictados por dicho Poder del Estado a lo largo de distintas gestiones. Por su parte, el otro informe es un análisis efectuado por un área de la Unidad Fiscal sobre parte de la documentación y hoy acumulado el expediente. Es decir, sus reglas de publicidad se encuentran reguladas por el Código Procesal Penal y corresponde que sea el Fiscal Instructor quien primero analice si ello puede o no entorpecer al devenir del proceso. Sin perjuicio de ello, cabe aclarar que la documentación utilizada para su elaboración si se encuentra alcanzada por las previsiones de las decisiones administrativas de desclasificación”, afirmó el juez.

En ese contexto, Lijo afirmó que “el análisis de la publicidad de la documentación en cuestión obliga a formular un examen de adecuación de las normas que la regulan” y por eso “habrán de ponderarse bajo la interpretación menos restrictiva, de modo que el derecho de las partes a acceder a la información vinculada al sumario pueda ser garantizado del modo más amplio y cuidando que la inteligencia que se le asigne no pueda llevar a la pérdida de un derecho”.

Lijo mencionó el decreto ejecutivo 213/20 que establece en su artículo 3° “…la desclasificación absoluta de la totalidad de la información y documentación relacionada con el atentado perpetrado contra la ASOCIACIÓN MUTUAL ISRAELITA ARGENTINA (AMIA), su encubrimiento y delitos conexos existente en todas las dependencias de la Administración Pública Nacional, incluyendo toda información tratada en resoluciones y decretos dictados oportunamente.”

El Instituto de Inteligencia y Operaciones Especiales de Israel concluyó que Irán y Hezbollah son los responsables directos del atentado.

“Si bien la documentación se encuentra desclasificada en su totalidad conforme el artículo 3° citado, con las excepciones allí establecidas, su carácter público depende de que se den los parámetros instituidos en el artículo 1° del decreto en cuestión: toda aquella información o documentación brindada por el Poder Ejecutivo “en las audiencias de los juicios realizados” de “los procesos judiciales que ya cuenten con sentencia”, dijo el juez.

“Sumado a ello, el denominado “Informe Toma” fue un elemento de prueba abordado en el primer juicio celebrado por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal n° 3. Para ello el 7 de mayo de 2003 el entonces Secretario de Inteligencia dictó la Resolución S.I. n° 301/03, mediante la cual se dispuso la desclasificación del informe en cuestión. Ello permitió que el documento fuera exhibido en juicio -con los reparos del caso”.

En este sentido, Lijo explicó que la divulgación del documento se respalda en las disposiciones administrativas de desclasificación. Según lo establecido en el artículo 3° del decreto PEN 213/20 y la Resolución S.I. 301/03, el informe ha sido desclasificado, conforme al artículo 1° del mencionado decreto y a las conclusiones del juicio llevado a cabo por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal n° 3, el informe ahora es de acceso público.

En la foja 2, bajo el título Resumen Ejecutivo, se pueden leer las conclusiones básicas del dossier.

Más pruebas contra Irán y Hezbollah

Las conclusiones del informe Toma concuerdan con las de un estudio llevado a cabo por la Mossad, el servicio de inteligencia de Israel, que fue expuesto de manera pública por este medio en julio de 2022, con motivo del 28° aniversario del atentado terrorista.

El Instituto de Inteligencia y Operaciones Especiales de Israel determinó que Irán y Hezbollah son los autores directos del ataque fundamentalista que el 18 de julio de 1994 devastó la sede de la organización judía en Buenos Aires.

El informe clasificado de 43 páginas, titulado "Irán-Líbano/Hezbollah/ESO/ 'Yihad Islámica'-Atentado a la AMIA-Informe Final", es un documento "Top Secret". Infobae se convierte así en el primer medio global en obtener una copia íntegra de este informe elaborado por el Mossad.

El atentado fue dirigido y ejecutado en el terreno por Hezbollah.

En la foja 2, bajo el título Resumen Ejecutivo, se pueden leer las conclusiones básicas del dossier:

1. “Las autoridades máximas de la República lslámica de Irán y Hezbollah dieron la orden para que se perpetre el atentado contra la AMIA. Existen pruebas sobre la participación de la cúpula de Hezbollah e lrán en las fases críticas y finales del atentado.

2. Hezbollah planificó y llevó a cabo el atentado, organizando la infraestructura necesaria y recopilando información a través de sus operativos de la unidad de atentados. Estos individuos estuvieron activos en la Triple Frontera y en Argentina desde 1988, preparando el terreno para la ejecución del acto terrorista.

3. Todos los miembros operativos (a excepción del conductor suicida) abandonaron Argentina días y horas antes del estallido, estableciendo su residencia en Beirut.

4. Ningún ciudadano argentino participó en los preparativos o ejecución del atentado. Cualquier persona de nacionalidad argentina que estuvo involucrada de manera indirecta (como la venta de materiales, alquiler de depósitos o la venta del vehículo utilizado como coche bomba, entre otros), desconocía el propósito de sus acciones y no tenía conocimiento de los destinatarios de sus transacciones.

Todos los miembros operativos (excluyendo el conductor suicida}, salieron de Argentina entre días y horas antes de la explosión.

5. Hezbollah ha empleado el mismo método operativo durante décadas, como se evidenció en La Paz, Bolivia, donde planearon un atentado similar al de la AMIA, siendo frustrado en 2016. Las fuerzas centrales de Hezbollah reclutan y entrenan a sus operativos en Líbano, quienes luego se despliegan en la región, coordinan desde las bases de la "Yihad Islámica" y ejecutan los preparativos y el ataque.

6. El atentado contra la AMIA fue celebrado y considerado un éxito en los niveles más altos de Irán y Hezbollah, facilitando la ascensión de algunos de sus participantes, quienes actualmente ocupan posiciones de liderazgo dentro del régimen iraní y la unidad operativa de Hezbollah.

7. La delegación de la inteligencia iraní en Buenos Aires, con base en la embajada iraní, estuvo al tanto de los preparativos finales y la materialización del atentado días previos al 18 de Julio”.

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