Desde el Comité Operativo de Emergencia de Jujuy detallaron que ya no coexistirán los permisos de circulación de carácter provincial y nacional sino uno solo. Guillermo Siri, miembro del COE aseguró: “Desde el día lunes 13 el único permiso válido será el que emite el Gobierno nacional”.
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Cuarentena por coronavirus: cómo tramitar el permiso único de circulación
En relación al permiso de circulación avalado y habilitante, tiene carácter de declaración jurada y en caso de falsear información se puede recibir una sanción.
Cabe recordar que el permiso nacional será desde el lunes 13 el único válido para transitar por la vía pública para quienes comprendan las actividades y servicios declarados esenciales durante el aislamiento social, preventivo y obligatorio decretado ante la pandemia del coronavirus.
Por otra parte Siri aclaró: “Es necesario completar el formulario, imprimir y firmar. No es necesario que sea firmado por una autoridad policial”.
Permiso de circulación 2020: quiénes pueden tramitarlo
Las personas que ejerzan las siguientes actividades deberán tramitar online la Declaración Jurada para la circulación en
- Servicios funerarios, entierros y cremaciones. En tal marco, no se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas.
- Personal afectado a la obra pública.
- Supermercados mayoristas y minoristas, y comercios minoristas de proximidad.
- Farmacias, ferreterías, veterinarias.
- Provisión de garrafas.
- Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.
- Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.
- Servicios de lavandería.
- Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.
- Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de yacimientos de petróleo y gas; plantas de tratamiento y/o refinación de petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, gas, petróleo, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.
Además, el listado de servicios fue ampliado por el gobierno nacional, mediante la Decisión Administrativa 450/2020 y exime a estas nuevas actividades:
- Venta de insumos y materiales de la construcción provistos por corralones
- Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización forestal y minera
- Curtiembres, aserraderos y fábricas de productos de madera, fábricas de colchones y fábricas de maquinaria vial y agrícola
- Actividades vinculadas con el comercio exterior: exportaciones de productos ya elaborados e importaciones esenciales para el funcionamiento de la economía
- Exploración, prospección, producción, transformación y comercialización de combustible nuclear
- Servicios esenciales de mantenimiento y fumigación
- Mutuales y cooperativas de crédito, mediante guardias mínimas de atención, al solo efecto de garantizar el funcionamiento del sistema de créditos y/o de pagos
- Inscripción, identificación y documentación de personas
Permiso para el cuidado de adultos mayores
Permiso para el cuidado de niños, niñas y adolescentes
Cabe recordar que algunas actividades se encuentran exceptuadas de tramitar el nuevo Certificado Único Habilitante para Circulación. Estas personas podrán circular y brindar sus servicios con los documentos preexistentes: DNI, autorización de los empleadores y la Decisión Administrativa 446/2020.
Rubros exceptuados:
- Personal de Salud.
- Fuerzas de seguridad.
- Fuerzas Armadas.
- Actividad migratoria.
- Servicio meteorológico nacional.
- Bomberos.
- Control de tráfico aéreo.
- Autoridades superiores y trabajadores/as del sector público nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que sean convocados para garantizar actividades esenciales requeridas por las respectivas autoridades.
- Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.
- Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el gobierno argentino y al personal de los organismos internacionales acreditados ante el gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.