El pronunciamiento de esta semana del máximo tribunal es calificado como un paso histórico de la Corte Suprema sobre la autonomía municipal. Este fallo ratificó la jurisprudencia a favor de la posibilidad de que los distritos puedan cobrar tasas.
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Corte Suprema: fallo por la autonomía municipal
La Corte Suprema acaba de resolver el caso “Esso Petrolera Argentina SRL y otro c. Municipalidad de Quilmes- Acción contencioso administrativa”, confirmando la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Buenos Aires y rechazando el recurso de la empresa actora.
Dicha petrolera había cuestionado la tasa de seguridad e higiene que cobraba el municipio, en dos de sus estaciones de servicio.
La cuestión era de enorme importancia no sólo para los municipios de la provincia de Buenos Aires sino para todos los gobiernos municipales del país ya que dicha tasa representa más del 30 % de los ingresos propios de los municipios bonaerenses. Y tal como se ha expresado, estaba en juego un aspecto decisivo de la autonomía municipal, pues se intentó desconocer el poder tributario local, la razonabilidad de la tasa y hasta la constitucionalidad del Convenio Multilateral.
En uno de los fallos más importantes y de mayor claridad en su sólida argumentación, se acaba de emitor desde la Corte Suprema, ratificando y consolidando una jurisprudencia a favor de la autonomía municipal consagrada en los Arts. 5 y 123 de la Constitución Nacional. Y especialmente en esta última norma, incorporada en la Reforma Constitucional de 1994, que había asegurado los distintos aspectos de la autonomía: en lo institucional, político, administrativo, financiero y económico.
Esso Petrolera Argentina SRL había cuestionado la tasa de seguridad e higiene que cobraba el municipio de Quilmes, desafiando un elemento fundamental de la autonomía municipal al intentar desconocer el poder tributario local. Con el reciente fallo, el máximo Tribunal reafirma una jurisprudencia federalista y municipalista, dando cumplimiento efectivo al proyecto democrático, republicano y federal consagrado en la Ley Suprema de la Nación; proyecto que se asienta sobre el principio de las autonomías municipales, entre otros.
Frente a este escenario, el intendente Raúl Jorge apuntó, "Se trata de un muy bien argumentado fallo judicial por el que se ratifica y consolida la jurisprudencia favorable a la autonomía municipal que consagró la Constitución Nacional", celebró el Intendente, y explicó, "uno de los objetivos de dicha reforma era el de profundizar la descentralización del poder y por eso introdujo significativos cambios normativos en el régimen federal vigente".
Para el Intendente de San Salvador de Jujuy, "el poder tributario de los municipios no sólo es legal sino plenamente constitucional, si nos atenemos al texto y al espíritu de las normas constitucionales, ya que es central para que el municipio pueda prestar servicios esenciales e indelegables y llevar adelante políticas públicas de desarrollo, sociales, de infraestructura, etc”.
Finalmente, el Intendente agregó que "este fallo tuvo en vilo a más de 2000 municipios de todo el país, es un aire de justicia para un Estado más federal por el respeto de las facultades de los poderes locales. Este fallo constituye una clara vocación de respetar el concepto de autonomía de los municipios.