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26 de mayo de 2026 - 11:26 Política.

El Gobierno eliminó los reintegros a empresas por pasajes gratuitos en larga distancia

Las empresas dejarán de recibir compensaciones estatales por pasajes gratuitos a personas con condiciones de salud, pero deberán seguir otorgándolos.

El Gobierno dispuso la supresión del sistema de subsidios o reintegros económicos que el Estado venía otorgando a las empresas de transporte automotor de media y larga distancia. Dicho esquema compensaba a las empresas por la emisión de pasajes sin costo destinados a diversas personas.

Entre estas últimas, se encuentran individuos con discapacidad, pacientes trasplantados, personas en lista de espera de trasplante y niños, niñas y adolescentes que atraviesan tratamientos oncológicos. La disposición fue formalizada mediante la Resolución 28/2026 de la Secretaría de Transporte de Argentina, difundida en la edición de hoy del Boletín Oficial de la República Argentina.

El Gobierno dejará de pagarle a las empresas por pasajes gratuitos para personas con condiciones de salud especiales.

Impacto de la medida en el esquema de subsidios vigentes

El texto normativo establece: “Déjase sin efecto el régimen de compensaciones económicas destinadas a las empresas de transporte automotor de pasajeros de carácter interjurisdiccional por los pasajes gratuitos otorgados en el marco de las leyes 22.431, 26.928 y 27.674”.

Con esta decisión, se elimina el sistema de compensaciones económicas vigente desde 2018, mediante el cual el Estado realizaba reintegros parciales a las empresas de transporte por los pasajes gratuitos que estaban obligadas a otorgar. Dichos beneficios alcanzaban a personas comprendidas en la ley de discapacidad (22.431), a pacientes trasplantados o en lista de espera (26.928), y a niños, niñas y adolescentes con diagnóstico oncológico en el marco de la ley de protección integral (27.674).

La medida se aplica a empresas de transporte de larga distancia.

De acuerdo con lo dispuesto en la resolución, la actualización normativa no altera el derecho a la gratuidad de los boletos establecido por las leyes vigentes, ya que las compañías de transporte continúan teniendo la obligación de entregar estos pasajes sin costo a los grupos alcanzados por dicha normativa.

Marco normativo y continuidad de la gratuidad para los usuarios alcanzados

En los fundamentos oficiales se señala que el esquema regulatorio del sector sufrió cambios relevantes a partir de la entrada en vigencia del Decreto 883/2024, que estableció un nuevo marco para los servicios interjurisdiccionales. Este régimen habilita a las empresas a definir con mayor autonomía los recorridos, frecuencias, tarifas, modalidades de prestación y tiempos de servicio, siempre dentro de los parámetros de seguridad establecidos por la autoridad competente.

El Gobierno dejará de pagarle a las empresas por pasajes gratuitos para personas con condiciones de salud especiales.

De acuerdo con lo establecido en la normativa, esta modificación alteró el sustento legal y financiero que en su momento justificaba la implementación del sistema de compensaciones. En ese marco, la Secretaría de Transporte de Argentina considera que, al haberse modificado las condiciones estructurales que originaron dicho esquema, ya no resulta necesaria la continuidad del régimen.

No obstante, el documento oficial aclara que el derecho de los pasajeros a acceder a viajes gratuitos en los supuestos previstos por la ley “permanece plenamente vigente y exigible”.

La Resolución 28/2026 dispuso además que la Comisión Nacional de Regulación del Transporte asumirá la responsabilidad de fiscalizar y verificar que las empresas de transporte cumplan con la obligación de emitir pasajes sin costo para los beneficiarios alcanzados por la normativa vigente.

Las empresas de transporte sí deberán otorgar los pasajes gratuitos a personas con discapacidad, transplantadas, en lista de espera y niños-niñas y adolescentes con cáncer.

En ese sentido, el organismo de control deberá sostener y aplicar los mecanismos administrativos correspondientes para garantizar que el derecho a la gratuidad se respete de manera efectiva y en todos los casos previstos.

Control, fiscalización y disposiciones transitorias

Asimismo, la disposición incluye una cláusula de carácter transitorio destinada a resguardar las situaciones generadas con anterioridad a la entrada en vigencia de la resolución, en consonancia con el principio de seguridad jurídica. De esta forma, se preservan los derechos adquiridos y los trámites en curso que ya se encontraban en curso antes de la publicación de la nueva normativa.

En otro orden, en los últimos días se difundió la información relativa al valor de los boletos del transporte público en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA).

A partir de la mencionada medida, queda sin efecto el régimen de compensaciones económicas.

Según el relevamiento, las tarifas registraron incrementos muy marcados desde el inicio de la gestión de Javier Milei. Un estudio del Centro de Economía Política Argentina (CEPA) indicó que el boleto mínimo de colectivo llegó a multiplicarse hasta 16 veces, con aumentos que se ubicaron entre el 1.221% y el 1.545%, dependiendo de la jurisdicción.

El documento también advierte que las tarifas del transporte avanzaron muy por encima de la inflación medida por el índice de precios al consumidor, que en el mismo período alcanzó un 303,5%. En comparación, el Salario Mínimo, Vital y Móvil tuvo una suba del 129%, lo que se tradujo en una caída real del poder adquisitivo cercana al 43%.

Esa diferencia tuvo un efecto directo sobre la economía de los hogares: en abril de 2026, las personas que perciben el salario mínimo debieron destinar el 17,3% de sus ingresos al pago del transporte, mientras que en diciembre de 2023 ese porcentaje era del 2,6%.

Según establece la resolución, la modificación no afecta el derecho a la gratuidad de los pasajes previsto en esas leyes.

Evolución de tarifas, desigualdades regionales y efecto en la demanda

El informe del Centro de Economía Política Argentina (CEPA) también destacó el crecimiento de las desigualdades tarifarias entre regiones del país, una situación que se profundizó luego de la eliminación del Fondo Compensador del Transporte Público del Interior.

En el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), el valor del boleto mínimo se ubica cerca de los $700, aunque en distintas ciudades del interior del país puede superar los $2.000. A esto se suma el incremento sostenido de los costos de operación, como el gasoil, junto con una disminución del presupuesto real destinado a infraestructura, lo que terminó agravando el funcionamiento general del sistema de transporte.

Según establece la resolución, la modificación no afecta el derecho a la gratuidad de los pasajes previsto en esas leyes.

El incremento de las tarifas tuvo un impacto directo en el nivel de utilización del transporte: en febrero de 2026, la cantidad total de pasajeros movilizados registró una baja del 12,9% en comparación interanual, con caídas más pronunciadas del 23,6% en el servicio ferroviario y del 11,7% en los colectivos.

El estudio advierte que, a partir del esquema de actualización mensual vigente y de la inestabilidad en la evolución de los costos, existe una alta probabilidad de que los incrementos continúen a lo largo de 2026.

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