Dos hombres fueron condenados por un tribunal jujeño por grooming y tenencia de material pornográfico de menores de edad, entre otros delitos que le fueron imputados. Por el fallo, solo uno de ellos quedará detenido y el otro en libertad condicional.
Se trata de quien recibió 6 años de prisión de ejecución efectiva, por ser autor penalmente responsable de los delitos de “Grooming (ocho hechos), Corrupción de menores (cinco hechos) y Facilitación de la prostitución (tres hechos), Publicación de imágenes pornográficas y Tenencia de material pornográfico de menores de edad en concurso real”.
El otro imputado recibió dos años de prisión de ejecución condicional, al ser hallado culpable como autor penalmente responsable del delito de “Tenencia de material pornográfico de menores de edad”, sentencia que se llegó tras un juicio abreviado tras el acuerdo entre el fiscal, la querella, los acusados y sus abogados defensores.
Bajaron las denuncias por casos de grooming en Jujuy
Condenado por grooming en Jujuy (Foto ilustrativa)
Se dio por desistida la acusación al segundo de los acusados por los delitos de “Corrupción de menores (5 hechos) y Facilitación de la prostitución (3 hechos), Publicación de imágenes pornográficas y en concurso real”, por parte del Ministerio Público de la Acusación como por la Querella Particular.
El fallo
La sentencia fue dictaminada en el recinto de audiencias de la Oficina de Gestión Judicial, por la jueza unipersonal con función de juicio Ana Carolina Pérez Rojas, mientras la secretaría estuvo a cargo de Héctor Mario Bernal.
La magistrada, además, ordenó el inmediato traslado del condenado a seis años de cárcel al Servicio Penitenciario de la Provincia para su alojamiento e incorporación al Régimen de Progresividad de la Pena, y dictaminó la inmediata libertad del condenado a dos años.
Pero le impuso, por igual término de la condena, la prohibición de acercamiento a las víctimas y a sus progenitoras, a una distancia prudencial en atención a la proximidad de los domicilios, escuelas, trabajos, lugares de esparcimiento y/o en el lugar en que las mismos se encuentren, con la obligatoriedad del condenado a retirarse del lugar de inmediato y sin mantener contacto de ninguna naturaleza en caso de encuentro fortuito.
También deberá abstenerse de ejercer actos de violencia en cualquiera de sus tipos y /o actos molestos por cualquier medio y mantener su residencia en el domicilio sito en la ciudad de El Carmen, no pudiendo mudarlo sin previo conocimiento y autorización del Juez de Ejecución de Causa.
Además deberá someterse a la supervisión de la Oficina de Ejecución y Probation del Ministerio Público de la Acusación; todo bajo apercibimiento de que si no cumpliere con alguna de las reglas impuestas, el Juez de Ejecución de la Pena podrá disponer revocar la condicionalidad de la misma, en caso que persistiere o reiterare el incumplimiento.
La jueza ordenó que, por intermedio de la Oficina de Gestión Judicial, se obtengan los perfiles genéticos de los condenados a efectos de su respectiva incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos Vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual, una vez firme y consentida la sentencia.
Las acusaciones
Según la requisitoria de la Fiscalía, al condenado a seis años de prisión se le atribuye la comisión de trece hechos ocurridos en los años 2017, 2020, 2021, 2022, 2023; en los que, utilizando las redes sociales, a través de un usuario falso, procedió a contactar a menores de edad con el propósito de cometer delitos contra la integridad sexual, solicitándoles fotografías y videos, en algunos casos a cambio del pago de una suma de dinero.
En tanto al otro condenado a solos dos años, lo acusaron por dos hechos, ambos ocurridos en el transcurso del mes de abril de 2023, cometidos a través de la red social Facebook Messenger y utilizando su verdadera identidad. En uno procedió, contactó al otro condenado para pedirle le envíe fotografías y videos con contenido sexual infantil y por el cual pago dos mil pesos en reiteradas oportunidades. El otro hecho fue para pedirle que contacte a menores de edad para que realicen videos pornográficos, ofreciéndole la suma de 40 mil pesos a cada una.
Juicio abreviado
La jueza hizo lugar a la solicitud realizada por el Fiscal Rodrigo Fernández Ríos; la querella constituida por Diego Roldán Ruiz Díaz en representación de las víctimas; y los acusados asistidos por sus abogados defensores Mario Contreras, Defensor Público del Ministerio Público de la Defensa, en representación de uno de ellos, y Juan Méndez y Tullio Hernán Lello Vilte, por el otro condenado, de hacer uso del procedimiento especial de Juicio Abreviado, previsto en el artículo 411 del Código Procesal Penal de la provincia.
Las partes prestaron conformidad a la calificación legal del delito, reconocieron la existencia del hecho y la participación de los acusados en el mismo, aceptando también la pena de prisión propuesta por el Fiscal de 2 y 6 años de cárcel.
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