Esta intervención se dió en el marco de la competencia del Defensor del Pueblo de Jujuy y de lo previsto en la Constitución Nacional, la Constitución Provincial y la Ley 24.240 modificada por Ley 26.361 a favor de los usuarios de servicios bancarios y garantizarle a los mismos, las condiciones de atención, información, trato digno y equitativo en relación a los servicios que proveen.
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El Defensor del Pueblo logró que un banco efectivice la devolución de dinero a un cliente
Este hecho obtuvo una solución gracias a la intervención de Víctor Galarza, Defensor del Pueblo de Jujuy. Previamente realizó los reclamos formales y pertinentes en esa entidad bancaria, solicitando se le muestren los videos de la fecha en donde se realiza la operación en cuestióny poder confirmar que no erala persona titular. Al no obtener respuestas, es que se acerca al Defensor del Pueblo, solicitando su intervención, quien comienza la instancia de investigación.
Teniendo en cuenta que se trata de una relación de consumo, sometida a las previsiones que contiene la Ley Nacional de Defensa del Consumidor N° 24.240 y su modificatoria Ley 26.361, pesa sobre el proveedor de servicios bancarios la obligación de probar que no existía responsabilidad de su parte. Extremos que fueron acreditados porque al solicitar al Banco y a la red de cajeros participante, envíe a esta Institución las imágenes de la operación cuestionada, estos informaron que carecían de las mismas.
Así fue que, luego de toda la investigación y pedidos de informes a la entidad bancaria denunciada, el Defensor del Pueblo de Jujuy, Víctor Galarza, emitió una Resolución en donde solicitó se le dé respuesta y se haga la devolución del dinero extraído sin autorización a su titular, dando por finalizado de esa manera el trámite correspondiente.