El proyecto transformado en ley N° 5955 de régimen regulatorio de las actividades nocturnas, espectáculos públicos y otros esparcimientos rige actividades como espectáculos, fiestas, eventos privados y acontecimientos conmemorativos.
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Fin de la polémica: Los boliches cerrarán a las 5.30
El horario de apertura y cierre estaba acordado, por eso no hubo reparo en ese artículo: será de 22 a 5:30. Retoma las matiné destinadas a chicos de 14 a 18 años y funcionarán de 17 hasta la medianoche quedando expresamente sentado que está prohibida la exhibición, venta, expendio o suministro de cualquier tipo de bebidas alcohólicas.
En el marco de la Fiesta Nacional de los Estudiantes hay excepciones: se autorizará el ingreso y permanencia adolescentes de 13 años con sus padres a locales bailables, boliches, espectáculos nocturnos, recitales, establecimientos escolares y/o similares, en los cuales se realicen actividades expresamente autorizadas o directamente relacionadas, conforme reglamento interno del Ente Autárquico Permanente o el organismo que lo reemplace.
La ley entre otros puntos exige la instalación de cámaras de vigilancia en los lugares de ingreso, egreso y en el interior del local y deberán mantener la información de lo grabado por un periodo de 180 días.
Exigencias para los locales bailables
Será obligatoria la instalación de dispositivos detectores de metales en todas las puertas de acceso, de un sistema de control y conteo de ingresos de personas, póliza de seguro de responsabilidad civil, vida, accidentes e incendios, servicio de atención de emergencias médicas, iluminación y señalización vial de las zonas de ingreso y egreso a los locales, y servicio de seguridad privada adecuado a la reglamentación vigente.
Habilitación de bomberos con especificación de capacidad máxima, constancia de inscripción vigente en el Registro Provincial de Locales Bailables Habilitados, plan de contingencia y evacuación.
En relación al registro provincial de locales bailables, el proyecto aclara que todos Ios establecimientos o locales bailables deberán inscribirse y que la nómina de estos locales y toda la información referida a su habilitación tendrán carácter público. La inscripción tendrá una duración máxima de seis meses.
Conductor Designado
La normativa crea la figura del Conductor Designando que implica que en todo grupo de dos o más personas que pretendan ingresar a un local nocturno tendrá que individualizar a uno sus miembros con esta condición, quien será identificado mediante un sistema que permita su fácil individualización, no consumirá bebidas que contengan alcohol, y gozará de beneficios tales como ingresar sin cargo, consumir libremente bebidas sin alcohol y similares mecanismos de promoción que disponga el establecimiento en cuestión.
En la Cena Blanca y Semana de los Estudiantes, se permitirá el ingresó y permanencia de personas a partir de los 16 años a locales bailables, boliches, espectáculos nocturnos y recitales que se organizaren en ese marco y en estos queda expresamente prohibida la venta bebidas alcohólicas.
¿Cuándo entra en vigencia?
Aprobada esta ley y según anunció el mandatario provincial, Gerardo Morales, será promulgada mañana mismo. Acelerando de esta manera su aplicación, sin confirmación de su puesta en vigencia desde este fin de semana. Por cuestiones administrativas, debe publicarse en el Boletín oficial de la provincia, lo que podría realizarse el lunes próximo, quedando definitivamente en vigencia desde el fin de semana próximo.