La ley N° 6005/16 había sido aprobada el 22 de diciembre de 2016 por la Legislatura provincial pero en lugar de ser reglamentada mediante un decreto del Poder Ejecutivo, fue vetada en forma total a principios de este año. La medida se publicó en el Boletín Oficial el 15 de febrero.
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La ley para pacientes electrodependientes ya fue vetada en Jujuy
Ayer se conoció que a nivel nacional ya se reglamentó una ley similar a la que se había sancionado en la provincia, pero no se aplicará en Jujuy por no adherir a la ley ni contar con una norma similar como la vetada.
Si bien desde el Ministerio de Salud ayer se había informado a TodoJujuy.com que la provincia debería adherir a la ley nacional o sancionar una propia en el mismo sentido, lo cierto es que dicha norma ya había sido sancionada en Jujuy.
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La ley que se sancionó en 2016 consideraba como usuarios de servicio eléctrico “Electrodependientes por cuestiones de salud” a “aquellos que presenten consumos extraordinarios de energía eléctrica al requerir equipamiento y/o infraestructura especial por una enfermedad diagnosticada por un médico o que tengan la necesidad de contar con un servicio eléctrico estable y permanente para satisfacer necesidades médicas dentro de su hogar”, según detalla el artículo 2.
Entre los beneficios que otorgaba estaba la eximición “del pago de regímenes de ahorro e incentivo o de cualquier otro gravamen provincial ajeno al consumo directo de energía dispuesto por la empresa prestataria; y del pago de los derechos de conexión”. También exigía que “toda interrupción por falta de pago de un suministro de energía eléctrica susceptible de poner en peligro la vida, la seguridad o la salud de las personas, debería ser notificada al usuario con una antelación mínima de 15 días”.
También, cada usuario de esta categoría, debería recibir un grupo electrógeno en caso de que el servicio se interrumpa por razones de fuerza mayor.