Un hombre fue condenado a pasar 8 años en la cárcel tras ser encontrado culpable de abusar de sus sobrinas, hechos que ocurrieron en un domicilio de San Salvador de Jujuy.
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SUSCRIBITEUn hombre fue condenado a pasar 8 años en la cárcel tras ser encontrado culpable de abusar de sus sobrinas, hechos que ocurrieron en un domicilio de San Salvador de Jujuy.
El Tribunal en lo Criminal Nº 1 encontró al acusado culpable por ser autor material y penalmente responsable del delito de “Abuso sexual gravemente ultrajante agravado por la guarda, dos hechos en concurso real”.
En el veredicto dado a conocer el miércoles 22 de febrero de este año, el tribunal absolvió al hombre por el beneficio de la duda, por los delitos de corrupción de personas menores de edad y producción de pornografía infantil en concurso real.
El Tribunal estuvo integrado por la jueza Felicia Ester Barrios, presidenta de trámite, y Luciano Ellio Yapura, conforme Acordada 71/08 del Superior Tribunal de Justicia, que establece la posibilidad de realizar el debate de juicio con dos jueces.
Los magistrados ordenaron la obtención de los perfiles genéticos del condenado a efectos de su incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual, una vez firme y consentida la sentencia.
Según la investigación encabezada por la fiscalía, los abusos sucedieron entre el mes de enero del 2018 y hasta octubre del 2020, cuando las sobrinas del acusado tenían entre 7 a 9 años una de ellas, y otra entre 8 a 10 años de edad.
Según consta en el trabajo previo, el hombre, mientras las niñas se quedaban a su cuidado en una casa de la capital jujeña, aprovechaba que nadie lo veía para llevarlas a una habitación donde las abusaba sexualmente.
El fiscal de la causa fue Marcelo Cuellar, quien en su alegato solicitó la pena de 8 años prisión para el acusado. Mientras que el abogado defensor del imputado, Sebastián Colqui, pidieron para el imputado la absolución por el beneficio de la duda con respecto a las acusaciones de corrupción de menores y pornografía infantil; mientras que, sobre la acusación del abuso sexual gravemente ultrajante, requirieron, en subsidio la pena de abuso sexual simple.
Los fundamentos de la sentencia serán dados a conocer dentro del plazo establecido por el Código Procesal Penal de la provincia, a partir de lo cual las partes podrán recurrir ante una instancia superior al Tribunal de juicio.
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