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22 de diciembre de 2021 - 12:04 Jujuy.

Multas: habrá descuento de hasta el 70% en estos dos meses

Mediante un decreto provincial las multas emitidas entre 2016 y 2018 tendrán un descuento del 70% si se abonan durante los próximos dos meses.

El gobierno de Jujuy reglamentó mediante el decreto N° 4755/MS2021 que quienes se adhieran durante los próximos dos meses al Régimen Especial de Regularización tendrán un descuento del 70% en multas emitidas entre 2016 y 2018.

Un dato importante a saber es que se tendrá en cuenta el valor de la infracción (Valor UF) al momento de acogerse al régimen.

Este pedido se realizó formalmente a la Secretaría de Seguridad Vial de la provincia teniendo en cuenta la situación epidemiológica por el covid-19 en Jujuy.

Cómo se aplicará el decreto

El régimen, que será de carácter excepcional y optativo, establecerá entre otros beneficios una tasa de descuento de hasta un 70% de valor total de la multa, por infracciones cometidas en los años 2016/2017 y 2018, además de facilidades de pago en distintas modalidades.

La percepción y fiscalización en el marco de este Régimen Especial de R por I de T estará a cargo del Departamento Contravencional y tendrá una duración de 2 meses.

Decreto:

Artículo 1°: Establézcase, con carácter excepcional y transitorio, por el término de dos (2) meses, un Régimen Especial de Regularización por Infracciones de Tránsito derivadas de Ley Provincial 4870 y Ley N°6082/2018 cuya percepción y fiscalización estarán a cargo del Departamento Contravencional, respecto de infracciones cometidas en los años 2016,2017 y 2018.

Artículo 2°: El acogimiento al presente Régimen por parte del responsable o sus representantes, importara el reconocimiento expreso e irrevocable de la deuda incorporada en el plan de pagos, operando como causa de interrupción del curso de la prescripción de las acciones para determinar, exigir el pago y aplicar sanciones e intereses. Implica allanamiento incondicional a la pretensión fiscal regularizada, en cualquier instancia que se encuentre y renuncia a la interposición de recursos administrativos o judiciales con relación a importes incluidos en la regularización. Para resultar beneficiarios del presente régimen, se requería el acogimiento y conformidad expresa del responsable con todas las disposiciones contenidas en este acto.

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