El Tribunal en lo Criminal N° 1 condenó a un hombre J.C.F. a la pena de ocho años de prisión por ser autor material y penalmente responsable del delito de “Abuso sexual con acceso carnal”, hecho que tuvo lugar en cercanías de la ciudad de Monterrico en agosto de 2018.
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Ocho años de prisión por abusar sexualmente de una menor
Por otro lado, y como se viene realizando, el Tribunal en lo Criminal N° 1, ordenó que una vez firme y consentida la sentencia, se obtenga el perfil genético del condenado a efectos de su incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual, en cumplimiento de la Ley Nacional Nº 26.879, complementaria del Código Penal de la Nación y su decreto reglamentario Nº 522/2017.
El veredicto fue dictado por las juezas Felicia Barrios -presidente de trámite-, y María Alejandra Tolaba y el juez Elio Luciano Yapura y dado a conocer por la secretaria del Tribunal, Dra. Mariana Córdoba Etchart, en la audiencia realizada ayer, 10 de marzo.
Los hechos
J.C.F. fue acusado por la Fiscalía por lo ocurrido el 17 de agosto de 2018, aproximadamente a las 18.30 hs, cuando la víctima, una menor de edad, se encontraba esperando un remís sobre la calle 9 de Julio e Independencia de la ciudad de Monterrico.
En esas circunstancias, se presentó el imputado a bordo de un vehículo en las calles de Monterrico y logró, mediante engaños y amenazas, que la menor subiera al rodado.
Posteriormente, el hombre llevó al menor hasta la intersección de las rutas provinciales 42 y 55, en cercanías de un canal de cemento en Monterrico, donde detuvo la marcha del auto, se pasó a la parte trasera del mismo, donde logró, por la fuerza y a pesar de la resistencia de la víctima, abusar sexualmente de ella.
Como Fiscal ante el Tribunal en lo Criminal N° 1 se desempeñó el Dr. Sergio Marcelo Cuellar, quien en sus alegatos solicitó la pena de ocho años de prisión para el acusado. A su vez, el abogado defensor del enjuiciado, J.C.F., fue el Dr. Guillermo Vázquez.
Los fundamentos de la sentencia serán dados a conocer dentro del plazo establecido por el Código Procesal Penal de la provincia, a partir de lo cual las partes podrán recurrir ante una instancia superior al Tribunal de juicio. urrir ante una instancia superior al Tribunal de juicio.