Este lunes, la ANSES formalizó la entrega de un bono excepcional de $70.000 destinado a quienes perciben haberes mínimos, tanto jubilados como pensionados, correspondiente al mes de mayo. Este monto se adiciona al ajuste del 3,7% anunciado por el Ejecutivo días atrás.
Así, a través del Decreto 298/2025 difundido en las primeras horas del día en el Boletín Oficial, se oficializó la extensión del suplemento extraordinario. El incremento fue aplicado dentro del mecanismo de ajustes mensuales de las prestaciones de la ANSES, que se basa en la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado por el Indec.
ANSES oficializó el pago de un bono extraordinario de $70.000 para jubilados y pensionados que cobran la mínima.
“Otórgase un Bono Extraordinario Previsional por un monto máximo de $70.000 a los beneficiarios enunciados en el artículo 2° del presente decreto y cuyos haberes previsionales se encuentren comprendidos dentro de los parámetros establecidos en los artículos 3° y 4° de la presente medida, que se abonará en el mes de mayo de 2025”, indica la medida.
Así quedarán los bonos de ANSES para el régimen jubilatorio
En esa línea, la resolución especifica los valores que recibirán quienes forman parte del régimen jubilatorio. Así, el haber mínimo se fijó en $296.481,75, y al sumarse el refuerzo de $70.000, el total a cobrar será de $366.481,75. Por su parte, el monto máximo a percibir quedó establecido en $1.995.041,46.
Quiénes lo cobran y cuándo se paga.
ANSES: Qué pasará con los beneficiarios de PUAM Y PNC
A partir de mayo, quienes perciben la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) recibirán $237.185,40. Al sumar el refuerzo extraordinario de $70.000, el total a cobrar ascenderá a $307.185,40. Por otro lado, los titulares de Pensiones No Contributivas (PNC) por motivos de invalidez o edad avanzada obtendrán $207.537,22, cifra que, al sumarle el bono, alcanzará los $277.537,22.
De este modo, los haberes de mayo para jubilados y pensionados tendrán un aumento del 3,7%.
En la disposición, el Gobierno aclaró que “aquellos titulares que, por la suma de todas sus prestaciones vigentes, perciban un importe superior al haber mínimo previsional garantizado, establecido por el artículo 125 de la Ley N° 24.241, el importe máximo del Bono Extraordinario Previsional será igual al monto necesario para alcanzar el tope que resulte de la suma de dicho haber mínimo más el monto máximo del Bono Extraordinario Previsional establecido en el artículo 1° del presente”.
En la normativa, se detalla los montos que percibirán los beneficiarios del sistema previsional.
Finalmente, en la disposición oficial —suscripta por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Guillermo Francos y la titular del Ministerio de Capital Humano, Sandra Pettovello— se aclara que “el bono extraordinario previsional que se otorga por el presente decreto tendrá carácter de no remunerativo y no será susceptible de descuento alguno ni computable para ningún otro concepto”.
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