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17 de noviembre de 2017 - 12:51

Conocé quienes quedarán exentos del impuesto a los Ingresos Brutos

Lo acordó el Poder Ejecutivo Nacional con los gobernadores. Bajará intensamente en los servicios de electricidad, gas y agua y transporte, y para la industria papelera.

El gradualismo es el camino que ha elegido el Gobierno de Cambiemos para comenzar a transitar el camino hacia la "normalidad" del sistema tributario, donde se eliminen los cargos en cascada que terminan desalentando tanto a productores de bienes y servicios como al conjunto de las familias en la financiación de exageradas estructuras en la hacienda pública nacional, provincial y municipal.

El cobro de Ingresos Brutos representa el principal recurso propio de las provincias; y prescindir de él implicará caer en un abultado déficit fiscal si no se encara un equivalente "ajuste" del gasto total.

De ahí el esquema elegido por el Ministerio de Hacienda, en acuerdo con el Ministerio del Interior y la Jefatura de Gabinete, de una rebaja gradual, para que el efecto positivo esperado de la medida sobre el crecimiento de la economía ayude a lograr el objetivo final.

Sobre 16 grandes ramas de actividad gravadas, en cinco años tributarán una decena. Los mayores recortes recaerán sobre los servicios públicos de electricidad, gas, y agua; y el transporte público de pasajeros.

Además, los gobernadores acordaron "eliminar inmediatamente tratamientos diferenciales basados en el lugar de radicación o la ubicación del establecimiento del contribuyente, o del lugar de producción del bien, conocido como "aduanas interiores".

También se comprometieron a "desgravar inmediatamente los ingresos provenientes de las actividades de exportación de bienes, excepto las vinculadas con sectores mineros o hidrocarburíferos y sus servicios complementarios"; así como "los ingresos provenientes de prestaciones de servicios cuya utilización o explotación efectiva se lleva a cabo en el exterior del país".

Aclara el pacto fiscal que "no están alcanzados por topes del impuesto a los Ingresos Brutos las actividades relacionadas con el juego, el tabaco y las bebidas alcohólicas, ni la venta. No podrán incrementarse las alícuotas vigentes al 30 de octubre de 2017 para las actividades hidrocarburíferas y sus servicios complementarios, incluidas las de refinería con expendio al público, las cuales quedarán exceptuadas del cumplimiento del cronograma de alícuotas máximas".

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