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30 de marzo de 2019 - 17:16 Cambios en marcha

El Gobierno Nacional busca limitar el acceso a la Pensión Universal para el Adulto Mayor

Una nueva reglamentación pondrá restricciones para quienes no tengan los años de aportes, además de exigir otros puntos.

A partir de ahora para poder cobrar la Pensión Universal para el Adulto Mayor habrá que cumplir con tres requisitos vinculados al nivel de ingresos. Por ejemplo no se podrá haber percibido, en promedio, más de $53.828 mensuales en el año previo a solicitar el beneficio, y se tendrá en cuenta el patrimonio y los consumos.

La idea del Gobierno Nacional modificará lo que sucedía hasta ahora ya que para lograr ese beneficio no había más condición que tener 65 años cumplidos y no pedir la jubilación regular durante el tiempo de cobro de la PUAM. Ahora se busca que solo alcance a una parte de la población, considerada vulnerable, estableciendo por tanto pautas de evaluación referidas al nivel socio económico.

La PUAM es una prestación equivalente al 80% del haber mínimo. Hoy equivale a $8328 mensuales, que fue creada por ley en el año 2016. El presupuesto aprobado por el Congreso para este año ya había dispuesto una limitación para el acceso, ya que a propuesta del Poder Ejecutivo se estableció que su cobro es incompatible con desarrollar una tarea laboral, ya sea bajo relación de dependencia o en forma autónoma (con la excepción de quienes están en el monotributo social). Antes, en 2018, ya se había limitado la prestación a quienes no tuvieran 30 años de aportes.

La normativa reglamentaria de la Anses se publicará en los próximos días en el Boletín Oficial, según adelantaron algunos medios nacionales. Así establecería que podrán cobrar la PUAM quienes no hayan tenido, en el año previo al momento de pedir el beneficio, un ingreso bruto promedio mensual de $53.829 o más. Esa cifra tendrá una actualización anual en función de la evolución de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables.

Otra condición es que el patrimonio de la persona, declarado a los fines de determinar el impuesto a los bienes personales, no podrá superar en cuatro veces el monto anualizado del ingreso tope mencionado en el párrafo anterior. Eso significa que no se podrán tener bienes cuyo valor de declaración supere los $2.583.792. A la par de ese requisito, no se podrán tener vehículos automotores cuyo valor superen los $968.922, ni aviones de ningún tipo, ni embarcaciones que tengan 9 metros o más de eslora.

El tercer condicionamiento está definido por los consumos: los gastos de la persona no podrán superar en más de 30% el ingreso promedio de $53.829 por mes. Actualmente, en términos anualizados, eso equivale a $839.732,40. Y para verificar esta situación habrá cruces de datos con los consumos pagados con tarjetas de crédito y de débito.

Actualmente cobran la PUAM 119.439 personas. En esos beneficios, ya otorgados bajo la vigencia de otras reglas, no habrá modificaciones, según aclararon fuentes del Gobierno.

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