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7 de mayo de 2019 - 08:04 RESOLUCIÓN DE PATRICIA BULLRICH

El Gobierno Nacional reglamentó el uso de las pistolas Taser

A través del Boletín Oficial, el Ejecutivo publicó el reglamento que indica en qué casos las fuerzas de seguridad podrán emplear las armas eléctricas.

El Gobierno Nacional publicó este martes en el Boletín Oficial, el reglamento que indica en qué casos los miembros de las fuerzas policiales y de seguridad federal pueden usar las armas electrónicas no letales.

Si bien en un primero momento el Gobierno había especificado que las pistolas Taser se usarían en aeropuertos, estaciones de trenes y espacios cerrados donde hay alta concurrencia de gente, el reglamento que figura en el anexo de la resolución no da precisiones sobre este aspecto.

Pistola Taser.jpg

Según el texto firmado por, las fuerzas de seguridad podrán usar estas armas con los siguientes objetivos:

La norma entiende que hay tres tipos de situaciones de “peligro inminente”:

La medida había generado cientos de críticas de organismos de derechos humanos por considerar que este tipo de pistolas pueden ser usadas para torturar.

Este argumento fue parte de la disputa judicial que se dio en principio en la Ciudad de Buenos Aires, cuando en 2010 Mauricio Macri -entonces jefe de Gobierno porteño- planteó que la por entonces Policía Metropolitana usaría las Taser.

La discusión duró 6 años y la zanjó la Corte Suprema de Justicia en 2016, cuando dejó firme un fallo que autorizaba su implementación, con el argumento de que no había elementos que corroboraran ese cuestionamiento.

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