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6 de mayo de 2022 - 07:00
Los motivos.

Los bancos argentinos no podrán operar con criptomonedas

El Banco Central prohibió a los bancos ofrecer a sus clientes la compra de criptomonedas en donde busca mitigar los riesgos asociados a las operaciones.

Este jueves, el Banco Central prohibió hoy a los bancos ofrecer a sus clientes la compra de criptomonedas. Esa actividad había sido habilitada al comenzar el mes por al menos dos entidades locales (Banco Galicia y el digital Brubank) y conseguido buena recepción entre sus clientes.

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Los bancos argentinos no podrán operar con criptomonedas

El directorio del ente rector del sistema financiero local dispuso explícitamente hoy que “no podrán realizar ni facilitar a sus clientes la realización de operaciones con activos digitales, incluidos los criptoactivos y aquellos cuyos rendimientos se determinen en función de las variaciones que esos registren, que no se encuentren regulados por autoridad nacional y autorizados por el Banco Central de la República Argentina (BCRA).

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En un comunicado al respecto, explicó que con la prohibición procura “mitigar los riesgos asociados a las operaciones con estos activos que podrían generar para las personas usuarias de servicios financieros y para el sistema financiero en su conjunto”.

Desde el Central dejaron trascender que los bancos que incursionaron en la oferta de criptomonedas a través de su homebanking lo hicieron aprovechando una “zona gris” que había en la normativa oficial.

En el comunicado, la entidad recordó textualmente que “la actividad de las entidades financieras debe estar orientada a financiar la inversión, la producción, la comercialización, el consumo de los bienes y servicios requeridos tanto por la demanda interna como por la exportación.

Y que ya en mayo de 2021, junto a la Comisión Nacional de Valores (CNV), había publicado un alerta sobre las “eventuales implicancias y riesgos que las operaciones con criptoactivos pueden acarrear” en el que recomendaba “una actitud prudente a fin de mitigar una eventual fuente de vulnerabilidad para las personas usuarias e inversores”.

En esa publicación, se destacó que “los criptoactivos pueden definirse como una representación digital de valor o de derechos que se transfieren y almacenan electrónicamente mediante la Tecnología de Registro Distribuido (Distributed Ledger Technology, DLT) u otra tecnología similar”.

Desde los bancos alcanzados por el cambio de norma aseguraron que están a la espera del detalle de la normativa para resolver. “Estamos esperando que salga la para analizarla. Lo que podemos asegurar es que ningún cliente que haya operado con criptoactivos en Banco Galicia perderá dinero”, aseguraron desde esa entidad.

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