Existen dos formas en Argentina de legalizar una relación de pareja: una es contrayendo matrimonio y la otra asentando la unión convivencial. Ambas establecen legalmente el vínculo y les permiten obtener beneficios, obligaciones y derechos.
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Unión convivencial: cómo legalizar una relación de pareja
En caso de estar en pareja, sus integrantes pueden acceder a distintos beneficios si legalizan su relación de convivencia a través de una unión convivencial.
¿Qué es la unión convivencial?
- Es la unión afectiva entre dos personas que no se casan pero conviven durante dos años o más y comparten un proyecto de vida en común.
- Les da derechos sobre la vivienda: ninguno de los dos puede disponer de ella (vender, hipotecar, etc.) sin la firma del otro.
- No otorga derechos de herencia salvo por testamento y siempre que no afecte derechos de los herederos forzosos.
- Los bienes no son gananciales.
- Es necesario (no obligatorio) que ambos firmen un pacto de convivencia donde establezcan la relación patrimonial durante la vida en común y en caso de ruptura. Si este acuerdo no se realiza, cada uno ejerce libremente la administración y disposición de sus bienes.
Cuáles son los requisitos
- tienen que ser mayores de edad;
- de igual o distinto sexo;
- no ser parientes;
- no estar casados ni tener registrada otra unión convivencial al mismo tiempo;
- la relación tiene que ser pública, notoria, estable y permanente;
- tiene que tener una duración mínima de 2 años de convivencia.
Qué tienen que hacer
- Soliciten el turno con antelación a la fecha en que desean realizar la unión en el Registro Civil que les corresponde por domicilio.
- Tienen que tener los DNI actualizados y presentarlos para acreditar identidad.
- Acrediten la convivencia durante un período no inferior a dos años, mediante DNI, testigos y/o hijos en común.
- Si celebraron un pacto de convivencia tienen que presentar original y copia certificada por escribano.
- Si tienen hijos en común partida de nacimiento original y fotocopia legalizada.
- Dos testigos mayores de 18 años con DNI que acredite identidad.
- Si vos o tu pareja ya tuvieron un matrimonio o convivencia previa, deberán justificar el estado civil con el acta de matrimonio anterior (con la nota marginal de la disolución del vínculo en el caso de los divorciados o el acta de defunción de su cónyuge en el caso de los viudos).
Para más información, también pueden ingresar a la página del Gobierno de la Nación.
Beneficios de la unión convivencial
- Pueden compartir / unificar aportes para la obra social: si vos y tu pareja son titulares de dos obras sociales del Sistema pueden unificar aportes, optando por una de ellas o por una tercera, ambos con carácter de titulares.
- Pueden proteger la vivienda como bien de familia: con esta protección patrimonial evitan la ejecución o remate del lugar donde viven.
- En caso de fallecimiento de uno de los dos, el otro puede cobrar la pensión.
Si tu pareja era jubilado o jubilada y fallece, tenés derecho a solicitar una pensión. Si tu pareja era trabajador o trabajadora regular, podés solicitar una pensión.
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