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25 de junio de 2026 - 10:40 Jujuy.

Aguinaldo 2026 en el sector privado: hasta cuando tienen tiempo para pagar en Jujuy

Los empleados privados de Jujuy deberán cobrar la primera cuota del aguinaldo antes del 30 de junio, con un margen legal de cuatro días hábiles.

Los trabajadores del sector privado de Jujuy esperan durante los próximos días el pago de la primera cuota del aguinaldo 2026, correspondiente al semestre comprendido entre enero y junio. De acuerdo con la legislación laboral vigente, la fecha formal de vencimiento será el martes 30 de junio.

El Sueldo Anual Complementario, conocido habitualmente como aguinaldo, se abona en dos cuotas durante el año. La primera se paga en junio y la segunda en diciembre, y cada una equivale al 50% de la mayor remuneración mensual devengada dentro del semestre correspondiente.

Pago del aguinaldo en el sector privado

Pago del aguinaldo en el sector privado

Hasta cuándo pueden pagarlo en Jujuy

La fecha límite establecida para el pago de la primera cuota es el martes 30 de junio de 2026. Este plazo rige en todo el país y alcanza también a las empresas y trabajadores registrados del sector privado de Jujuy.

Sin embargo, la normativa laboral contempla un margen de hasta cuatro días hábiles posteriores al vencimiento formal. Por ese motivo, algunas empresas podrían depositar el aguinaldo hasta el lunes 6 de julio sin exceder ese período de tolerancia.

Esto significa que algunos empleados podrían cobrarlo antes del cierre de junio, mientras que otros podrían ver acreditado el dinero durante los primeros días de julio, dependiendo del cronograma de cada empleador.

Cómo se calcula el aguinaldo de junio

Para determinar el monto correspondiente se toma la mejor remuneración mensual percibida entre enero y junio de 2026 y se calcula el 50% de esa cifra.

Por ejemplo, si el sueldo bruto más alto del semestre fue de $1.200.000, el medio aguinaldo será de $600.000. En el cálculo deben considerarse los conceptos remunerativos que integran el salario, como el sueldo básico, las horas extras, las comisiones, los adicionales y los premios remunerativos.

En cambio, quedan afuera las sumas que tengan carácter no remunerativo, como determinados bonos extraordinarios o pagos especiales que no forman parte habitual del salario.

Qué sucede si no se trabajó todo el semestre

Las personas que comenzaron a trabajar después de enero o que no completaron los seis meses deben recibir un aguinaldo proporcional al tiempo trabajado. Para calcularlo, puede dividirse el mejor salario del período por 12 y multiplicar el resultado por la cantidad de meses trabajados.

Así, una persona que trabajó solo tres meses no recibirá la mitad completa de su mejor sueldo, sino la proporción correspondiente al período durante el cual mantuvo la relación laboral.

Quiénes tienen derecho a cobrarlo

El aguinaldo corresponde a los trabajadores registrados en relación de dependencia del sector privado, a los empleados públicos, jubilados, pensionados y trabajadores de casas particulares debidamente registrados.

No están comprendidos los monotributistas, trabajadores autónomos ni quienes se desempeñan de manera informal, debido a que no mantienen una relación laboral registrada bajo el régimen de contrato de trabajo.

Por lo tanto, los empleados privados de Jujuy deberán tener como referencia el 30 de junio como fecha formal de pago y el 6 de julio como último día del margen adicional previsto para la acreditación.

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