Este martes, la Secretaría de Transporte de la Nación habilitó a los propietarios de animales de compañía a trasladarse junto a sus mascotas en servicios de ómnibus y trenes de larga distancia hacia cualquier destino dentro del país. La medida se formalizó a través de la Resolución 2076/2025, que se publicó hoy en el Boletín Oficial.
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Estará permitido viajar con mascotas en colectivos de larga distancia: todos los requisitos
La normativa comenzará a aplicarse a partir desde el miércoles 24 de diciembre. Las empresas deberán ajustar servicios y tarifas para permitir viajar con mascotas.
Dicha decisión lleva la firma del ministro de Economía, Luis Caputo. "Autorízase el traslado de animales domésticos en los servicios de transporte automotor y ferroviario de pasajeros de larga distancia de jurisdicción nacional, de conformidad con las pautas detalladas en el anexo", marca el Artículo 1 de la medida.
La disposición comenzará a regir a partir del día de mañana. Será indispensable “establecer con claridad los días, horarios y modalidades para dichos traslados”, con el fin de garantizar la correcta prestación del servicio, “de conformidad con los parámetros internacionales aplicables a la materia y con las recomendaciones y normativa emitidas en el marco del 'Programa Nacional de Tenencia Responsable y Sanidad de Perros y Gatos’”.
Los requisitos para viajar con mascotas en micros de larga distancia y trenes
Asimismo, el gobierno fijó una serie de condiciones que deberán cumplirse para poder trasladar mascotas:
- La persona que lleve a su mascota será plenamente responsable de su cuidado, bienestar, salud y protección durante todo el viaje.
- Deberá asegurarse de que el animal no genere inconvenientes, riesgos ni molestias para los demás pasajeros, respetando las normativas y regulaciones vigentes.
- El transporte del animal deberá efectuarse dentro de un contenedor o transportín cerrado, especialmente diseñado para tal fin, que asegure tanto su higiene como su resguardo durante el trayecto.
- El transportín deberá colocarse, según el caso, sobre el regazo del pasajero responsable, bajo el asiento delantero o sobre el asiento junto a la ventana, asegurándose siempre con el cinturón de seguridad si ocupa un lugar. Estas medidas buscan prevenir incidentes y garantizar que la mascota se mantenga segura durante todo el recorrido.
- Además, los pasajeros deberán contar con el certificado de vacunación antirrábica del animal, así como cualquier otra documentación exigida por la normativa vigente. Dichos documentos podrán ser requeridos al momento de abordar o en cualquier momento del viaje por el personal de la empresa.
- Se permitirá el transporte de únicamente una mascota por cada pasajero adulto, sin que se autorice la presencia de más de un animal por contenedor o transportín.
- Las compañías de transporte terrestre y ferroviario tendrán la facultad de establecer un precio particular por el traslado de animales domésticos, ajustado a las condiciones del mercado.
- Quedan eximidos de este pago los perros guía o de asistencia que acompañen a personas con discapacidad, quienes deberán ser trasladados sin costo alguno.
- Las compañías de transporte tendrán la posibilidad de imponer reglas y restricciones adicionales, incluyendo la selección de especies, subespecies, razas, pesos, edades y tamaños de los animales autorizados, así como cualquier otro requisito necesario.
- Asimismo, estarán obligadas a establecer los protocolos de higiene y desinfección de los vehículos después de cada traslado de mascotas.
- Además, podrán ajustar sus rutas y frecuencia de viajes para ofrecer servicios específicos que permitan el transporte de animales, facilitando la organización y planificación tanto para los pasajeros como para el personal de las empresas.