La medida sobre alquileres y desalojos esperada por la mayoría de los que no poseen casa propia, sobre todo teniendo en cuenta que se vencía el plazo impuesto en su momento por el Gobierno Nacional. La medida fue publicada hoy en el Boletín oficial y la nueva fecha es hasta el 31 de marzo.
- Todo Jujuy >
- País >
Extienden el congelamiento de alquileres y suspenden los desalojos
De este modo, continuará vigente el beneficio que se implementó a comienzos de la pandemia para los inquilinos que se encuentren ocupando una vivienda única. El decreto previo vencía este domingo 31 de enero.
Se dispuso además la prórroga de la vigencia de los contratos cuyo vencimiento sea antes del 31 de marzo de 2021. No podrán aplicarse intereses ni otras penalidades previstas en el contrato.
Por otra parte, la norma además establece el aumento de 6 a 12 el número de cuotas para que los inquilinos puedan saldar las deudas por “diferencia de precio y por falta de pago, pagos realizados fuera de los plazos contractuales pactados o pagos parciales”.
No se suspende el pago de alquileres, aquellos que no puedan pagar acumularán la deuda y se les podrán aplicar intereses compensatorios, pero no punitorios ni moratorios.
La extensión del congelamiento de alquileres y la suspensión de desalojos habían sido solicitadas por distintas asociaciones que nuclean a inquilinos. En tanto, las cámaras inmobiliarias y los colegios de martilleros manifestaron su desacuerdo con esta prórroga.
Incluye los contratos de locación de inmuebles destinados a vivienda única urbana o rural; habitaciones en pensiones, hoteles o alojamientos similares; los que se utilizan para actividades culturales y/o comunitarias; los rurales destinados a pequeñas producciones familiares y pequeñas producciones agropecuarias.
También los alquilados por monotributistas, destinados a la prestación de servicios, al comercio o a la industria; por las MiPyMES, destinados a la prestación de servicios, al comercio o a la industria; por las Cooperativas de Trabajo o Empresas Recuperadas inscriptas en el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (Inaes); y por los por profesionales autónomos para el ejercicio de su profesión.
Respecto a los procesos de ejecución y desalojos, se pidió a las provincias y a la Ciudad de Buenos Aires que establezcan "la mediación previa y obligatoria, en forma gratuita o a muy bajo costo, con el fin de finiquitar las controversias vinculadas con la aplicación del presente decreto, a través de la aplicación del criterio de esfuerzo compartido entre las partes, de conformidad con las normas que al efecto establezcan las jurisdicciones”.