En Arriba Jujuy, por Radio City, el secretario de Seguridad Vial, Luis Martín dio precisiones sobre el control de velocidad por radar que comenzó a utilizarse en la provincia, y señaló que “los excesos de velocidad son una de las principales causas de siniestralidad”.
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110 km/h es la velocidad máxima... ¡y se controla por radar!
Lo primero que destacó el funcionario es que las velocidades máximas están estipuladas en la Ley Nacional de Tránsito, en su artículo 51. “En calles no se puede andar a más de 40 km/h; en avenidas es 60; en zonas rurales para motocicletas, automóviles y camionetas, el máximo es 110 km/h, y en autopistas, 130. En los casos de colectivos y casas rodantes 90, y los camiones pueden circular a 80”.
La velocidad mínima, es otro aspecto que en general no se tiene en cuenta, pero que también es importante observar la velocidad mínima a la que se circula, que no puede ser inferior a la mitad de la velocidad máxima.
Una aclaración realizada por el funcionario fue que en autopistas se puede circular a 130 kilómetros por hora, pero que eso es para casos donde hay varios carriles, que en Jujuy no hay autopistas y que por lo tanto se considera como velocidad máxima la categoría de “zonas rurales”: es decir, 100 km/h para autos, motos y camionetas; 90 para colectivos y casas rodantes; y 80 para camiones”.
Luis Martín agregó que estarán señalizados los lugares en los que se haga control de velocidad “para advertir a los conductores y que no puedan decir que fueron engañados en su buena fe”. Los carteles tendrán mensajes como Radar vigila, Velocidad controlada por radar, u otros similares homologados, según informó Martín.
Las multas, explicó el funcionario, “arrancan desde las 150 unidades fijas, con un monto de 2841 pesos, y según el juzgado contravencional pueden llegar a 15 mil o 20 mil pesos”. La unidad fija se estableció según el precio de un litro de nafta súper.