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29 de diciembre de 2015 - 08:30

Hoy se realizarán dos sesiones en la Legislatura

Se llevará a cabo a partir de Hs. 10 en la Legislatura de la Provincia, la 2° Sesión Especial en la cual los diputados deberán acordar las designaciones de funcionarios del Poder Ejecutivo y del Poder Judicial. Acto seguido se desarrollará la Séptima Sesión Extraordinaria.

Durante la reunión de Labor Parlamentaria que se desarrolló el día de ayer, la cual estuvo presidida por el vicegobernador, Carlos Haquim, los representantes de los bloques decidieron que hoy se realizarán dos sesiones en la Legislatura.

A Hs. 10, la Sesión Especial durante la que se prestará acuerdo a las designaciones enviadas por el Poder Ejecutivo; y a las 11 Hs. la 7° Extraordinaria, en la que se tratarán la Ley impositiva y la modificación de la ley que establece el horario de cierre de los boliches.

El vicepresidente primero, Carlos Amaya; el vicepresidente segundo, Rubén Rivarola; los presidentes de los bloques U.C.R., Alberto Bernis;  P.J, Javier Hinojo; Primero Jujuy, Pedro Segura; y Frente Unidos y Organizados por la Soberanía Popular, German Noro; y el secretario parlamentario, Javier de Bedia, fueron quienes participaron de la reunión de Labor Parlamentaria.

¿Qué es una Sesión Especial? ¿Cuándo se puede realizar?


Son sesiones especiales las que se celebren fuera de los días y horas establecidos, y con temario específico.

- PROCEDENCIA: La Cámara podrá efectuar sesión especial cuando un asunto imprevisto, o de índole no común o de excepcional importancia, hiciera necesario celebrar sesión fuera de los días y horas fijados para las de tablas.

- CONVOCATORIA: Las sesiones especiales tendrán lugar por resolución de la Cámara, de la Presidencia, o a solicitud de ocho (8) Diputados por lo menos.

- MOTIVO Y OBJETO: Todo pedido de sesión especial debe consignar el asunto que la  motiva; pudiendo Presidencia reservarlo. En las sesiones especiales no podrá tratarse otro asunto que aquel para el que se ha pedido la convocatoria y realizado las citaciones.

¿Qué es una Sesión Extraordinaria? ¿Cuándo puede realizarse?

Son sesiones extraordinarias las que se celebren durante el receso.

- OBJETO: del período ordinario de sesiones, la Legislatura se reunirá en sesiones extraordinarias con el objeto de tratar los asuntos que motiven su convocatoria.

- CONVOCATORIA: La convocatoria a sesiones extraordinarias se efectuará con determinación del día y hora de su iniciación, así como los asuntos a tratar. Se dispondrá:

a) Por el Poder Ejecutivo, cuando lo estimare conveniente u oportuno en razón de la importancia de las medidas a proponer o de las cuestiones a considerar.

b) Por la Presidencia de la Legislatura, a petición escrita de la tercera parte del total de sus miembros.

c) Por sí solo, cuando se trate de las inmunidades de sus miembros.

- AMPLIACION DEL TEMARIO: Encontrándose la Legislatura en sesiones extraordinarias podrá ampliarse el temario de los asuntos que motivaron la convocatoria.

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