En época de vacaciones, muchos viajan a descansar aunque sea unos días a algún lugar cercano. Para eso, cuando uno se traslade en automotores o motovehículos, tiene que tener en cuenta la Ley Nacional N°24.449 y los requisitos que exige. A tomar nota:
- Todo Jujuy >
- Jujuy >
¿Qué hay que llevar en el auto o moto?
-Licencia de conducir vigente, acorde categoría del vehículo
-Póliza de seguro obligatorio vigente
-Revisación técnica vehicular (RTV)
-Cédula de identificación del automotor
-Cinturón de seguridad colocado, por la totalidad de los ocupantes del vehículo
-Luces reglamentarias, normalizadas para cada tipo de vehículo
-Luces bajas encendidas durante la marcha
-Uso de matafuegos y balizas portátiles normalizados
-Condiciones psicofísicas normales (incluye control de alcoholemia)
-El número de ocupantes debe guardar relación y concordancia con la capacidad del vehiculo
-Obligación de transportar a los menores de 10 años, en los asientos posteriores del vehículo con elementos de seguridad colocados
-Todo vehículo debe transitar con las placas de identificación de dominio colocadas, en el lugar determinado para tal fin
-Para el caso de moto vehículos, utilización de casco y anteojos o antiparras por todos los tripulantes
-Se deben respetar las velocidades máximas y mínimas, límites especiales y velocidades precautorias establecidas por la normativa de tránsito, en todos los corredores viales de las respectivas jurisdicciones
-Control de la jornada laboral y cumplimiento de los descansos obligatorios, del personal de conducción de los servicios de transporte público de pasajeros y de cargas