Los requisitos a presentar conforme Decreto N° 3464/17 reglamentario de la Ley 6009/16 que contempla la regulación de las actividades a realizarse en: jueves de compadres, jueves de comadres, carnaval grande y carnaval chico, ante el Registro Provincial de Expendedores de Bebidas Alcohólicas (R.E.B.A.) sito en Avda. Santibáñez N°1372 – Dpto. Judicial- División Leyes Especiales.
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Requisitos para poder carnavalear tranquilo
Para eventos con fines de lucro donde se prevea venta de bebidas alcohólicas – tarjetas – entradas, etc., sean al aire libre o en espacios cerrados, deberán presentar con tres días de anticipación al evento en el R.E.B.A. (tramite personal) o con 20 días de anticipación al evento ante la Comisaria Seccional con jurisdicción en el mismo (tramite por correo).
Nota solicitando habilitación junto con: 1. habilitación municipal; 2. autorización municipal (con especificación de día y hora) – para el caso de eventos al aire libre especificar si se autoriza el corte de calles y el lugar donde se encontrara la cantina (plano de por medio); 3. Inspección técnica de bomberos; 4. Planilla prontuarial; 5. Fotocopia de D.N.I.; 6. Carnet sanitario; 7. Certificado de residencia; 8. Depósito de garantías equivalente a la suma de pesos ocho mil sesenta ($8.060)
En el caso de alquiler: contrato de locación: Personas Jurídicas: acta constitutiva – personería jurídica/ el tramite lo realizara el presidente o vicepresidente o secretario o tesorero, otro miembro de la Comisión Directiva con expresa autorización del presidente. El responsable debe presentar si o si los requeridos en los puntos 4,5,6 y 7 anteriormente detallados.
Cuando sea sin fines de lucro a realizarse en locales habilitados por la municipalidad, tendrán que presentar con tres días de anticipación el R.E.B.A. (tramite personal) o con 20 días de anticipación al evento ante la Comisaria Seccional con jurisdicción en el mismo (tramite por correo).
Nota solicitando habilitación junto con: 1. habilitación municipal; 2. autorización municipal (con especificación de día y hora) – para el caso de eventos al aire libre especificar si se autoriza el corte de calles y el lugar donde se encontrara la cantina (plano de por medio); 3. Inspección técnica de bomberos; 4. Planilla prontuarial; 5. Fotocopia de D.N.I.; 6. Carnet sanitario; 7. Certificado de residencia.
En el caso de alquiler: contrato de locación
Personas Jurídicas: acta constitutiva – personería jurídica/ el tramite lo realizara el presidente o vicepresidente o secretario o tesorero, otro miembro de la Comisión Directiva con expresa autorización del presidente. El responsable debe presentar si o si los requeridos en los puntos 4,5,6 y 7 anteriormente detallados.
La documentación y requisitos a presentar conforme Decreto N°3164/17 Reglamentación de la Ley 6009/16, ante la Comisaria Seccional con jurisdicción en el lugar donde se desarrollará el evento en caso de convocatorias de caracteres públicos y gratuitos a realizarse al aire libre o en domicilios particulares tienen que presentarse únicamente ante la Comisaria Seccional con jurisdicción en el lugar donde se llevara a cabo el evento: 1. nota poniendo en conocimiento al Sr. Jefe de la Seccional del evento, las características públicas y gratuitas del mismo, día y horario de inicio y finalización, designación de dos responsables del evento, con garantía que tomaran las medidas de seguridad, transito e higiene pertinentes, a la nota se adjuntaran: a. nota y/o documentación en la conste la puesta en conocimiento a la autoridad municipal del evento a desarrollar - para el caso que corresponda con la expresión de la solicitud de autorización al corte de calles; b. fotocopias de DNI de los responsables; c. si el organizador es una comparsa constituida jurídicamente presentara fotocopia del decreto de designación de la misma.
Los requisitos para solicitar autorización para jueves de compadres, jueves de comadres, carnaval grande, carnaval chico, con fines de lucro – sea que prevea la venta de bebidas alcohólicas, entradas tarjetas, etc.-
En la Comisaria Seccional con jurisdicción en el lugar del baile deben presentar: nota solicitando el permiso con TRES DIAS DE ANTICIPACION AL EVENTO; 1. habilitación municipal; 2. autorización municipal (con especificaciones de día y hora); 3. Inspección técnica de bomberos; 4. Habilitación del REBA (si el expendio es con venta de bebidas alcoholizas); 5. Planilla prontuarial; 6. Fotocopia del DNI; 7. Certificado de residencia; 8. En el caso de alquiler, contrato de locación; 9. Pago de impuestos en la D.G.R.; 10. Pago de servicio de policía adicional y/o seguridad privada contratada; 11. Seguro de cobertura contra terceros para el evento; 12. Servicio de atención de emergencias médicas (cuando la magnitud del evento lo haga imprescindible); 13. Fotocopia del depósito de garantías por el monto de $8.060.-
En ambos casos las Personas Jurídicas que soliciten REBA deberán presentar el acta constitutiva – contrato de formación de la sociedad – personería jurídica- cuit.
Están facultados para hacer el trámite: presidente, vicepresidente, secretario, tesorero, socios, administradores con el debido respaldo legal, para cuyo caso quien asuma la responsabilidad deberá presentar indefectiblemente: DNI, planilla prontuarial, certificado de residencia, carnet sanitario.
Para el caso que sea sin fines de lucro, en la Comisaria Seccional con jurisdicción en el lugar donde se llevara a cabo el evento deben presentar: nota solicitando el permiso con TRES DIAS DE ANTICIPACION AL EVENTO; 1. habilitación municipal; 2. autorización municipal (con especificación de día y hora); 3. Inspección técnica de bomberos; 4 habilitación del REBA (si el evento es con expendio de bebidas alcohólicas); 5. Planilla prontuarial (titular y empleado); 6. Fotocopia del DNI (titular y empleado); 7. Certificado de residencia (titular y empleado): 8. en caso de alquiler contrato de locación; 9. seguro de cobertura contra tercero para el evento.
En ambos casos las Personas Jurídicas que soliciten REBA deberán presentar el acta constitutiva – contrato de formación de la sociedad – personería jurídica- cuit.
Están facultados para hacer el trámite: presidente, vicepresidente, secretario, tesorero, socios, administradores con el debido respaldo legal, para cuyo caso quien asuma la responsabilidad deberá presentar indefectiblemente: DNI, planilla prontuarial, certificado de residencia, carnet sanitario.