La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció que reintegrará más de $ 973 millones a monotributistas y autónomos que abonaron durante 2020 sus obligaciones por débito automático o tarjeta de crédito, en una medida que busca llevar algo de alivio a los bolsillos de uno de los grupos de contribuyentes más castigados por la pandemia durante el pasado año
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AFIP anunció reintegros para monotributistas y autónomos
De acuerdo a un comunicado emitido por la entidad tributaria, “el beneficio al cumplimiento alcanza a más de 484.000 pequeños contribuyentes de todo el país: 399.000 monotributistas y 85.000 autónomos”. Alcanza a quienes hayan pagado en tiempo y forma su cuota mensual, y las personas beneficiadas recibirán un importe equivalente al impuesto integrado mensual.
El pago será acreditado automáticamente en las cuentas bancarias o tarjetas de crédito adheridas como medio de pago por cada uno de las y los contribuyentes cumplidores.
La medida implementada por el organismo que encabeza Mercedes Marcó del Pont consiste en la devolución de una porción del componente impositivo abonado a lo largo del año. Aquellos contribuyentes que hayan iniciado la actividad el año pasado y por ello no hubieran abonado 12 meses completos tendrán la devolución del 50%, siempre que la cantidad de cuotas pagadas en término fueran de 6 a 11.
El monto acreditado -o los motivos por los cuales no se realizó el reintegro- podrá consultarse en el servicio “CCMA – Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos”, al que se ingresa con clave fiscal.
El reintegro se suma a distintas medidas implementadas por la AFIP para monotributistas y autónomos, como el otorgamiento de más de 600.000 Créditos a Tasa Cero, o beneficios para pequeños contribuyentes previstos en la Moratoria 2020. Además se suspendieron las bajas de oficio y las exclusiones del régimen.
Por otra parte, la AFIP prorrogó hasta el 31 de julio la vigencia de distintos beneficios destinados a facilitar los trámites en el marco de la emergencia sanitaria, a través de la resolución general 4975 publicada este martes en el Boletín Oficial. Uno de ellos es Presentaciones Digitales, un servicio con clave fiscal para realizar presentaciones y comunicaciones de manera digital, con carácter de declaración jurada, sin concurrir a una dependencia.