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Así beneficiará la firma digital a las operaciones inmobiliarias: los detalles

La nueva tecnología promete agilizar y asegurar los contratos de alquiler y compra-venta, recibiendo una recepción positiva en el sector.

Por  Redacción de TodoJujuy.com

La reciente promulgación del Decreto 743/24, que habilita la firma digital de documentos de manera completamente remota, será un hito en el ámbito inmobiliario argentino. Este avance simplifica la firma electrónica de contratos de alquiler, reservas y otros documentos, eliminando la necesidad de dispositivos físicos adicionales, como los tokens (empleados para generar contraseñas de un solo uso (OTP) y claves criptográficas.

Con esto, se logra brindar un extra de seguridad en la autenticación de usuarios para ingresar a sistemas y servicios en línea). La normativa estipula que, en adelante, la confirmación de identidad podrá efectuarse de forma digital, sin requerir gestiones presenciales.

La firma digital totalmente virtual, sin necesidad de trámites presenciales ni dispositivos físicos, probablemente aumentará su adopción en el ámbito del mercado inmobiliario.

Daniel Bryn, de Zipcode y encargado de Monitor Inmobiliario, indicó que esta tecnología potenciará la eficacia en las operaciones del sector inmobiliario. “La firma digital traerá mayor seguridad en los contratos. Este avance posibilitará a los usuarios obtener su firma digital con validación biométrica utilizando únicamente su computadora o celular, agilizando así los procedimientos y eliminando demoras innecesarias por traslados o coordinaciones presenciales”, destacó.

La opción de firmar digitalmente los documentos en una transacción de compra-venta, que generalmente toma entre 30 y 60 días, podría acortar el proceso en hasta dos semanas. Esta herramienta no solo proporciona mayor conveniencia, sino que también mejora la seguridad contractual y disminuye el riesgo de fraude.

Una ventaja adicional importante es que el procesamiento remoto mediante firma digital simplifica las gestiones en las distintas provincias del país e incluso con individuos que se encuentran en el extranjero.

La inclusión de la firma digital en las operaciones inmobiliarias ofrece múltiples ventajas, especialmente en términos de eficiencia y conveniencia.

Bryn añadió: “Culturalmente no estamos acostumbrados y sorprende a los clientes que suele ser un trámite de 5 minutos”. Desde la industria inmobiliaria se ha confirmado que estas firmas digitales tienen plena validez legal. Según la legislación, estas firmas son completamente obligatorias y ya están en uso en 188 países. Además, la tecnología utilizada está en conformidad con la normativa vigente y los estándares internacionales de seguridad.

Ezequiel Wierzba, CEO de Click Aparts, declaró: “Quienes trabajamos en el mercado inmobiliario vamos a tener que adaptarnos a este cambio digital, que claramente llegó para quedarse. Esto garantiza que las operaciones realizadas con firma electrónica sean seguras y reconocidas legalmente en múltiples jurisdicciones”.

Transformación

Se espera que esta reciente normativa no solo favorezca a propietarios y arrendatarios, sino que también genere nuevas oportunidades para el ámbito privado.

Apostar por la firma electrónica es apostar por el ahorro, ya que permite evitar el uso de papel, de tinta, de impresora y otros accesorios necesarios para imprimir, firmar, copiar y enviar documentos.

Bryn considera que este progreso actuará como un impulsor para la modernización del entorno empresarial en Argentina. “Podrían surgir empresas que ofrezcan fianzas o cauciones para sus clientes, así como la gestión de créditos en bancos de manera digital. Simplificando el proceso para los usuarios finales”, dijo.

La incorporación de la firma electrónica fortalece la seguridad en los contratos y la protección de los derechos de propiedad, garantizando la validez y el acuerdo de todas las partes implicadas. “Quien ofrezca este diferencial como un trámite gratuito e intuitivo, con el simple uso de un celular, hará la diferencia”, comentó.

Validez

Una duda común sobre la adopción de esta tecnología es su aplicabilidad en transacciones de compra-venta, donde tradicionalmente se requiere la presencia de un notario. Aunque la firma digital es legalmente válida, Bryn aclaró que “las normativas actuales requieren que un escribano verifique y valide el acto, garantizando que todos los procedimientos legales se cumplan adecuadamente”.

La implementación de esta tecnología busca reducir tiempos y mejorar la seguridad en los contratos de alquiler y compra venta.

Se anticipa que las asociaciones de notarios publiquen nuevas directrices para aclarar estos procesos. Wierzba señaló: “El sector privado podrá desarrollar soluciones personalizadas que simplifiquen el proceso de firma digital, creando nuevos modelos de negocio basados en la accesibilidad”.

Baja de costos

Este método también contribuye a disminuir gastos operativos y administrativos al evitar el transporte de documentos físicos y acortar la duración de las reuniones presenciales.

Por otro lado, aunque la firma electrónica acelera el procedimiento, aún se requiere la validación de un notario o abogado especializado en transacciones de compra-venta. Debe confirmar que las partes involucradas están en consenso y que la operación se lleva a cabo dentro de los parámetros legales.

La participación de un notario sigue siendo indispensable, lo que conlleva honorarios adicionales. Estos gastos, sumados a las comisiones inmobiliarias y los costos asociados a la escritura, pueden representar entre un 5% y un 10% del valor total de la transacción.

La reciente promulgación del Decreto 743/24 permite la firma digital de documentos de manera totalmente remota.

A pesar de que la digitalización acelera los procesos, desde el Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires y la Provincia aclararon que el trámite de escritura no es el principal obstáculo en términos de tiempo. En un proceso de crédito hipotecario y escritura, el trámite de escritura puede tomar hasta dos semanas, mientras que el tiempo restante se destina a la evaluación crediticia, la tasación y los trámites registrales.

“Para alquileres, donde no siempre se requiere la intervención de un escribano, la firma digital simplifica el proceso y puede generar ahorros de tiempo importantes”, concluyó Wierzba.

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