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26 de junio de 2021 - 10:21 Nuevo DNU

Cuáles son las medidas que seguirán vigentes

El nuevo decreto mantiene el semáforo que clasifica las distintas regiones del país en riesgo bajo, medio y alto y alarma epidemiológica y sanitaria.

El Gobierno nacional volvió a prorrogar hasta el próximo 9 de julio el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU 287/2021) , publicado el pasado 1 de mayo, que dispone un semáforo epidemiológico para establecer las medidas a aplicar para contener la segunda ola de coronavirus "en lugares de alto riesgo epidemiológico y sanitario o en situación de alarma epidemiológica y sanitaria". El DNU entrará en vigencia este sábado.

En el decreto se establecen cuatro fases sanitarias de acuerdo a un semáforo epidemiológico: zonas de bajo riesgo, de riesgo medio, de alto riesgo y de alarma.

Para determinar a la clasificación, se toman en cuenta tres factores. El primer es el aumento de casos en últimos 14 días, el segundo la cantidad de casos sobre población y el tercero la ocupación camas de UTI.

Medidas para zonas de bajo riesgo epidemiológico

Se aplican las reglas de cuidado generales como distanciamiento, uso de tapabocas, ventilación en espacios cerrados e higiene; los protocolos aprobados para cada actividad; aforo del 50% en superficies cerradas, salvo excepciones, y rigen las suspensiones establecidas para todo el país.

Medidas para zonas de riesgo sanitario y epidemiológico medio

Es facultad y responsabilidad de gobernadores/as adoptar en forma temprana medidas que disminuyan la circulación para prevenir los contagios.

Medidas para zonas de alto riesgo sanitario y epidemiológico

Medidas para zonas de alerta epidemiológica y sanitaria

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