Alivio fiscal.. 

Empiezan a regir los nuevos topes de facturación para monotributistas y autónomos

La ley sancionada este jueves en el Senado impide los cambios de categoría y el pago de mayores cuotas. A su vez, incrementa las deducciones del impuesto a las Ganancias que pagan los empleados autónomos.
Por  Redacción de TodoJujuy.com

Los nuevos topes de facturación para monotributistas y autónomos empezaron a tener vigencia desde este viernes, según lo indicado por la ley de Alivio Fiscal sancionada el jueves por el Senado, que otorga beneficios a cerca de 4,5 millones de monotributistas y 140.000 autónomos.

La ley ha actualizado la facturación de los monotributistas para impedir que tengan que modificar de categoría y abonar mayores cuotas y, por otro, incrementa las deducciones del impuesto a las Ganancias que pagan los empleados que revisten en la categoría de autónomos.

De esta manera se elevó en un 60% el monto tope de las primeras cuatro categorías del monotributo, y en un 29% la del resto mientras que en las dos primeras -A y B- se eliminó el pago del componente impositivo, por lo que la cuota mensual pasó a ser de $ 288 y $ 555 por mes, respectivamente.

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Este beneficio es para los monotributistas "puros", es decir para quienes no poseen otros ingresos ya sea por jubilaciones, relación de dependencia, rentas financieras o alquiler de inmuebles.

En base a lo definido en la ley, la facturación que podrá alcanzar cada categoría del monotributo será $ 748.382 para la A; $ 1.112.459 la B; $ 1.557.443 la C; $ 1.934.273 la D; $ 2.277.684,56 la E; $ 2.847.105,70 la F; $ 3.416.526,83 la G; $ 4.229.985,60 la H; $ 4.734.330,03 la I; $ 5.425.770,00 la J; y $ 6.019.594,89 la K.

Los cambios repercuten de forma positiva en la situación económica de 4.498.419 monotributistas, de los cuales el 39% residente en el Área Metropolitana Buenos Aires (AMBA) y el 61% restante en el resto del país. En cuanto a los autónomos, se determinó de 2 a 2,5 veces la deducción especial y en triplicar la de nuevos profesionales.

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