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15 de abril de 2020 - 09:01 Coronavirus en la Argentina

La AFIP exceptúa por 60 días la carga tributaria a la importación de insumos médicos

AFIP dispuso que las empresas que importan alcohol, aparatos respiratorios están exceptuadas de pagar el 20% o 10% previstos por el régimen de percepción.

Finalmente la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) confirmó este martes que va a exceptuar por 60 días del Régimen de Percepción del IVA a los insumos sanitarios críticos que son importados con el objetivo de detener la propagación del coronavirus en nuestro país.

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A través del Decreto 333/2020 dispone la quita de aranceles a la importación de artículos como alcohol, desinfectantes, mascarillas de telas y aparatos respiratorios, entre otras. Estos instrumentos normativos tienen como objetivo garantizar el acceso a insumos médicos considerados críticos para poder luchar contra el avance del CIOVId-19 en nuestro país.

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Titular de la AFIP

A través de esta Resolución General de AFIP, las empresas que importan este tipo de productos deberán pagar el IVA pero se verán exceptuadas de abonar el 20% o 10 % previstos por el régimen de percepción.

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La decisión del organismo se tomó en el marco de la Ley N° 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el marco de la Emergencia Pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social que atraviesa nuestro país.

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