Así lo dispuso mediante la Resolución General 3508, publicada en el Boletín Oficial de hoy, ante el alerta rojo dispuesto por el gobierno neuquino por esa "situación de carácter extraordinario".
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La AFIP postergó vencimientos y suspendió ejecuciones para los afectados por el Copahue
En su Artículo 1°, la norma establece un plazo especial para la presentación de las declaraciones juradas y pago de las obligaciones impositivas y las correspondientes al Régimen de Trabajadores Autónomos y al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), de los sujetos con domicilio fiscal y actividad económica principal en los departamentos Norquín (el Huecú), Loncopué, Picunches (Las Lajas), Chos Malal y Minas (Andacollo).
La presentación de declaraciones juradas y, en su caso pago, de las obligaciones cuyos vencimientos operen en junio y julio de 2013, se considerará efectuada en término siempre que se efectivice hasta las fechas de vencimientos fijadas para los meses de octubre y noviembre de 2013.
Este beneficio no comprende a las cuotas de planes de facilidades de pago vigentes, aclara la norma.
Los contribuyentes que optaron por pago mediante Débito Directo en Cuenta Bancaria o Débito Automático en Tarjetas de Crédito podrán solicitar la suspensión del débito ante las respectivas instituciones de pago.
Además, suspende por 120 días corridos la emisión y gestión de intimaciones por falta de presentación y/o pago, la iniciación de juicios de ejecución fiscal, la ejecución de sentencias judiciales y el cómputo de los plazos procedimentales administrativos.
