La Justicia Federal aceptó un planteo del Gobierno nacional en el marco de la disputa por la Ley de Financiamiento Universitario. La Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal habilitó un recurso para revisar la decisión judicial que ordena continuar con la ejecución de una medida cautelar vinculada con los salarios universitarios y las becas estudiantiles.
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Ley de Financiamiento Universitario: la Justicia revisará la medida cautelar
La Cámara Federal habilitó una apelación del Gobierno nacional para revisar la continuidad de la Ley de Financiamiento Universitario.
La resolución permite que el Estado cuestione la continuidad de esa medida, aunque no significa que haya quedado sin efecto ni que se haya determinado que el Gobierno cumplió con sus obligaciones.
Qué resolvió la Justicia sobre el financiamiento universitario
La decisión de la Cámara responde a una presentación del Ministerio de Capital Humano y la Secretaría de Educación, con intervención de la Procuración del Tesoro, luego de que el juez federal Martín Cormick rechazara una apelación del Gobierno.
El conflicto se originó el 9 de octubre, cuando el magistrado dispuso continuar con el procedimiento para garantizar el cumplimiento de la cautelar, mientras la causa principal avanzaba hacia una instancia superior.
El Ejecutivo apeló esa decisión, pero el recurso fue rechazado el 14 de octubre. Ante esa situación, presentó una queja que finalmente fue aceptada por la Cámara. Los jueces consideraron que impedir la revisión podía ocasionar un perjuicio irreparable al Estado. Sin embargo, aclararon que la resolución no implica pronunciarse sobre el cumplimiento de la medida cautelar.
Qué reclama el Gobierno nacional
En su presentación judicial, el Gobierno sostuvo que ya había cumplido íntegramente con las obligaciones establecidas por la cautelar. También argumentó que la medida tenía un plazo determinado y que, según su interpretación, ese período ya había finalizado. Por ese motivo, cuestionó que se mantuviera abierto el procedimiento para exigir su cumplimiento.
Otro de los puntos señalados fue la posibilidad de aplicar sanciones económicas, pese a que el Estado considera que no existe una liquidación concreta de los montos reclamados. Con la nueva resolución, estos argumentos podrán ser analizados en el marco de la apelación correspondiente.
Las multas de $100.000 diarios quedaron suspendidas
El fallo se suma a otra decisión judicial del 15 de octubre, cuando la misma Cámara suspendió provisoriamente las multas de $100.000 diarios contra el jefe de Gabinete, Diego Santilli, establecidas por el juez Cormick ante el incumplimiento que había considerado acreditado.
La suspensión se dispuso mientras se tramita la apelación presentada por el Gobierno y no constituye una resolución definitiva sobre la aplicación de esas sanciones. De esta manera, permanecen abiertos dos planteos judiciales: uno relacionado con las multas y otro referido a la continuidad de la ejecución de la cautelar.
Qué establece la Ley de Financiamiento Universitario
La causa comenzó a partir de una presentación del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) contra el decreto 759/2025, mediante el cual el Gobierno condicionó la aplicación de la ley a que el Congreso identificara las fuentes de financiamiento. El 6 de octubre, el juez Martín Cormick declaró inconstitucional esa condición y ordenó aplicar la normativa. La sentencia fue apelada por el Poder Ejecutivo.
La medida cautelar que se encuentra en discusión establece dos obligaciones centrales: actualizar los salarios de los docentes y no docentes de las universidades públicas y garantizar los recursos destinados a las becas estudiantiles, de acuerdo con los parámetros previstos en la ley.
Por el momento, la Justicia no resolvió si la cautelar perdió vigencia ni si el Estado cumplió con lo ordenado. La discusión continuará en los tribunales, mientras permanece abierto el conflicto por los recursos destinados al sistema universitario público.