La Justicia bonaerense dictaminó en el día de ayer que el Estado provincial deberá darle licencia por maternidad de 90 días con goce de sueldo a Malena Díaz Reck, madre no gestante y pareja de Natalia Pagano.
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Se conoció el primer caso donde se le otorgó una licencia por maternidad a una madre no gestante
Malena Díaz Reck, de 44 años de edad, es empleada de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires desde 1999. Natalia Pagano, su pareja, está embarazada y serán madres en enero después de varios tratamientos de fertilidad.
El caso de ambas mujeres, sienta precedente, ya que cuando comenzaron los trámites por sus licencias a Malena le dijeron que, como no era ella la madre gestante, no le correspondía la licencia de 90 días.
El artículo 43 del estatuto del empleado público (ley 10430), que establece las licencias por maternidad, paternidad y alimentación y cuidado del hijo, otorga una licencia de 90 días para el personal femenino y 3 para el masculino. Nada dice de madre gestante o no gestante.
Al no tener una respuesta favorable, Malena decidió llevar su situación ante la Justicia bonaerense que ayer falló a su favor por lo que el Estado provincial deberá darle la licencia con goce de sueldo de 90 días.
El fallo del Juzgado Contencioso Administrativo N° 1 de La Plata, exhorta a la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires para que modifique la legislación vigente del régimen de licencias.
"Está establecida como un binomio, con rol madre/padre, mujer/ varón. Va en contraposición a la nueva ley de matrimonio igualitario, a la ley de identidad de género, de fertilización asistida. Es un régimen de familia heteropatriarcal, donde a las mujeres se les concede 90 días mientras que al padre sólo 3. Ubica a la mujer en un rol de cuidado de los hijos y al hombre en el lugar de proveedor. Eso también genera una situación de desigualdad ante las nuevas conformaciones de familia y también para las familias heterosexuales", explica Luz Santos Morón, abogada de Malena.