El gobierno nacional promulgó ayer la ley que restablece los feriados puente y fija los días festivos del año próximo, sancionada a fines de septiembre por el Congreso.
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Vuelven los feriados puente: el Gobierno promulgó la ley para restablecerlos
La medida fue dispuesta a través del decreto 831/2017, publicado este martes en el Boletín Oficial junto al texto de la ley 27.399.
La medida, que repone la herramienta que había sido eliminada mediante un decreto de necesidad y urgencia (DNU) a comienzos de este año y faculta al Poder Ejecutivo Nacional (PEN) a proponer hasta tres feriados puente anuales, fue dispuesta a través del decreto 831/2017, publicado este martes en el Boletín Oficial junto al texto de la ley 27.399.
La norma ahora promulgada fija como feriados inamovibles de 2018:
- 1° de enero (Año Nuevo)
- Lunes y martes de Carnaval
- 24 de marzo (Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia)
- Viernes Santo
- 2 de abril (Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas)
- 1° de mayo (Día del Trabajo)
- 25 de mayo (Día de la Revolución de Mayo)
- 20 de junio (Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano)
- 9 de julio (Día de la Independencia)
- 8 de diciembre (Día de la Inmaculada Concepción de María)
- 25 de diciembre (Navidad).
En cuanto a los feriados trasladables, la norma contempla los siguientes:
- 17 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes
- 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín
- 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural
- 20 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional.
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